Preguntas de la votación del 8 de noviembre de 2022
Aumento de la relación de superficie construida (“FAR”) del distrito superpuesto de North Beach Oceanside Resort (el “Superpuesto”).
El índice de superficie construida (IRM) regula el tamaño de los edificios. Según la Carta de la Ciudad, los aumentos del IRM requieren la aprobación de los votantes.
¿Debería la Ciudad aumentar el FAR en superposición (propiedades frente al mar desde 6605 hasta 6757 Collins Avenue) de 2,25 a 3,0, donde aún no esté permitido, y brindar un incentivo FAR de 3,0 a 4,5 para proyectos que cumplan con los siguientes criterios?
- Hotel con mínimo 150 habitaciones,
- Tamaño mínimo del lote: 150.000 pies cuadrados
- Reducción 50% de la densidad máxima,
- ¿El propietario ofrece instalaciones recreativas públicas y acceso a la playa?
El índice de superficie construida (FAR) es el método que utiliza la ciudad para regular el tamaño total de un edificio. En la ciudad de Miami Beach, el FAR permitido varía según el distrito de zonificación. Un multiplicador de FAR más alto permitiría la construcción de un edificio más grande.
El Distrito de Superposición del Complejo Turístico North Beach Oceanside ("Superposición") se ha propuesto para las propiedades frente al mar desde Collins Avenue 6605 hasta Collins Avenue 6757. La Superposición incluiría el Hotel Deauville, ubicado en Collins Avenue 6701, y las propiedades desocupadas al norte y al sur del Hotel Deauville. Estas propiedades se encuentran en el distrito residencial multifamiliar RM-3, de zonificación de alta intensidad.
La Carta de la Ciudad exige la aprobación de los votantes para aumentar el FAR zonificado de una propiedad. Específicamente, la Sección 1.03(c) de la Carta de la Ciudad establece que «la relación de superficie construida de cualquier propiedad o calle dentro de la Ciudad de Miami Beach no se incrementará por zonificación, transferencia ni ningún otro medio... a menos que dicho aumento en la relación de superficie construida zonificada para dicha propiedad sea aprobado previamente por el voto de los electores de la Ciudad de Miami Beach».
Actualmente, el FAR zonificado máximo en el distrito RM-3 es 2,25 para propiedades iguales o menores a 45 000 pies cuadrados y 3,0 para lotes frente al mar mayores a 45 000 pies cuadrados.
Esta pregunta electoral pregunta a los votantes de la Ciudad si la Ciudad debe aumentar el FAR máximo para la Superposición de 2,25 a 3,0, cuando 3,0 no está permitido ya; y proporcionar un incentivo FAR de 3,0 a 4,5 para proyectos que cumplan los siguientes criterios:
1. Un hotel con un mínimo de 150 habitaciones,
2. Tamaño mínimo del lote de 150.000 pies cuadrados,
3. Reducción de 50% de la densidad máxima actual, y
4. El propietario proporciona una instalación recreativa pública y acceso a la playa.
Debido a que esta pregunta electoral contempla un aumento en el FAR zonificado, se requiere la aprobación de los votantes de la Ciudad de conformidad con la Sec. 1.03(c) de la Carta de la Ciudad.
La propiedad solo sería elegible para el incentivo FAR adicional (de 4,5 FAR) si un desarrollo cumple con los criterios anteriores.
Emisión de Bonos de Obligación General para Instalaciones Artísticas y Culturales.
Para mejorar las instalaciones para la resiliencia de las instituciones artísticas y culturales en toda la Ciudad, incluidos museos, lugares de espectáculos, áreas de juegos artísticos, centros culturales y para personas mayores, jardines botánicos, parques de esculturas acuáticas y viviendas relacionadas para artistas y trabajadores, ¿debería autorizarse a la Ciudad a emitir bonos de obligación general, de vez en cuando, que no excedan un monto principal total de $159,000,000, pagaderos con impuestos ad valorem ilimitados, que devenguen intereses que no excedan la tasa de interés legal máxima y que venzan a más tardar 30 años después de la fecha de emisión?
En octubre de 2021, el Alcalde y la Comisión Municipal iniciaron el proceso legislativo para evaluar la posible emisión de un Bono de Obligación General (BOG) para mejorar las instalaciones de las instituciones artísticas y culturales de toda la Ciudad. La Administración colaboró con los operadores e inquilinos de diversas instituciones e instalaciones culturales para elaborar un inventario de las necesidades de capital y las nuevas solicitudes de proyectos, la gran mayoría de los cuales mejorarían las instalaciones culturales municipales. Los proyectos propuestos abordarían el mantenimiento diferido y las futuras necesidades de capital de las instalaciones culturales de la Ciudad, así como proyectos de tecnología, innovación, nuevas construcciones y otros.
Tras la revisión del programa de Bonos GO para las Artes y la Cultura propuesto por el Comité de Finanzas y Resiliencia Económica de la Ciudad, el Alcalde y la Comisión Municipal encargaron al Comité de Supervisión de Bonos GO de la Ciudad que revisara los proyectos propuestos y presentara sus recomendaciones a la Comisión Municipal. El Comité de Supervisión, creado en 2019 por la Comisión Municipal para supervisar la implementación del programa de Bonos GO existente, está compuesto por un total de siete (7) residentes de la Ciudad: dos (2) residentes de North Beach, dos (2) residentes de Mid-Beach y dos (2) residentes de South Beach.
El Comité de Supervisión celebró tres reuniones con aviso público en las que se revisaron los proyectos individuales, incluyendo los presupuestos propuestos, las entrevistas con las partes interesadas y los resúmenes de los casos. El 14 de julio de 2022, el Comité de Supervisión deliberó y finalizó sus recomendaciones, con tres opciones que se presentaron a la Comisión Municipal en su reunión del 20 de julio de 2022.
El Alcalde y la Comisión de la Ciudad finalmente aprobaron una lista final de proyectos por un total de $159 millones, incluidas dos categorías adicionales para Proyectos de Arte y Cultura Diversos y Viviendas para Trabajadores de Instituciones Culturales.
Instalaciones culturales de propiedad municipal
Otros equipamientos culturales (de propiedad estatal)
Otros proyectos/mejoras
Modificar la Sección 1.03(b) de la Carta: Requerir la Aprobación de los Votantes para la Venta/Arrendamiento
de ciertas propiedades de la ciudad
Las Secciones 1.03(b)1 y (b)2 de la Carta requieren la aprobación de la mayoría de los votantes para la venta o arrendamiento por diez años o más de propiedades costeras, parques y algunas otras propiedades de la Ciudad.
¿Se deberá enmendar la Carta para exigir también la aprobación de la mayoría de votantes para cualquier venta o arrendamiento de diez años o más de una propiedad de la Ciudad ubicada entre West 43rd Calle y Oeste 40el Calle, desde Pine Tree Drive al este hasta Alton Road al oeste?
En 1992, los votantes de Miami Beach aprobaron una enmienda a la Carta Municipal para exigir la aprobación por mayoría de los votantes en un referéndum municipal antes de la venta o arrendamiento a largo plazo de parques, áreas recreativas o propiedades costeras de propiedad municipal. A lo largo de los años, la Carta Municipal se ha modificado para exigir la aprobación por referéndum municipal antes de la venta o arrendamiento por diez (10) años o más de propiedades de propiedad municipal en áreas específicas de la ciudad, incluyendo:
- Lotes al oeste del North Beach Oceanside Park, ubicado entre 79el Calle y, desde Collins Avenue hasta Collins Court;
- Campus Cultural Collins Park, ubicado entre 21calle Calle y 22Dakota del Norte Calle, desde Miami Beach Drive hasta Park Avenue;
- 72Dakota del Norte Estacionamiento en la calle, ubicado entre 72Dakota del NorteCalle y 73rd Calle, entre Collins Avenue y Harding Avenue; y
- Estacionamientos de Lincoln Road, ubicados en las cercanías de Lincoln Road entre 16el Calle y 17el Calle, desde Euclid Avenue hasta West Avenue.
Además, según la Carta de la Ciudad, se requiere la aprobación de 60% de los votantes que voten en un referéndum en toda la Ciudad para la venta o arrendamiento de diez (10) años o más de propiedad de la Ciudad en el Distrito del Centro de Convenciones, incluido el Centro de Convenciones, el Ayuntamiento, 1701 Meridian Street, The Fillmore Miami Beach/Jackie Gleason Theater, el 17el Estacionamiento en la calle y otras propiedades que forman parte del campus del Centro de Convenciones.
A excepción de las propiedades que requieren la aprobación de un referéndum electoral como se describe anteriormente, la venta o el arrendamiento de cualquier otra propiedad de la Ciudad puede ser aprobada por la Comisión de la Ciudad, luego de una votación de 4/7 de la Junta de Planificación y una votación de 6/7 de la Comisión de la Ciudad.
La pregunta de votación propuesta, si se aprueba, modificaría la Sección 1.03(b) para requerir la aprobación de la mayoría de los votantes que voten en un referéndum en toda la Ciudad, antes de cualquier venta o arrendamiento de diez (10) años o más de cualquier propiedad de la Ciudad en el Corredor de la Calle 41, ubicado entre West 43rd Calle y Oeste 40el Calle, desde Pine Tree Drive al este hasta Alton Road al oeste.
Aprobación del uso de los pagos de alquiler recibidos por la Ciudad de los arrendamientos de estacionamientos de Lincoln Road
Si los votantes aprueban los contratos de arrendamiento de los estacionamientos de superficie propiedad de la Ciudad con 1664 Meridian, LLC y/o Lincoln Road Property Owner, LP para diversificar el corredor de Lincoln Road con proyectos de oficinas Clase A adicionales, ¿deberá la Ciudad dedicar los pagos de alquiler garantizados recibidos por la Ciudad bajo los contratos de arrendamiento, por un total de hasta $355,793,085, en porciones iguales, únicamente para los siguientes fines públicos?
- Iniciativas de infraestructura de resiliencia y sostenibilidad,
- Vivienda para trabajadores y
- ¿Medidas de seguridad pública y prevención del delito?
La Ciudad posee y opera tres estacionamientos en superficie en las inmediaciones de Lincoln Road, ubicados en 1688 Lenox Avenue (P25), 1080 Lincoln Lane North (P26) y 1664 Meridian Avenue (P27) (en conjunto, los "Estacionamientos de Lincoln Road"). El 20 de julio de 2022, el Alcalde y la Comisión Municipal aprobaron, sujeto a la aprobación de los votantes, varios acuerdos relacionados con dos (2) proyectos propuestos en los estacionamientos de Lincoln Road, incluyendo contratos de arrendamiento de terrenos, que contemplarían el desarrollo de los estacionamientos en superficie para edificios de uso mixto, incluyendo oficinas de clase A y estacionamientos públicos.
- Lincoln Road Property Owner, LP, entidad promotora/arrendataria del proyecto propuesto en 1688 Lenox Avenue/1080 Lincoln Lane North, es una empresa conjunta controlada por tres firmas locales: Integra Investments, Starwood Capital Group y The Comras Company. Según lo aprobado por la Resolución n.° 2022-32242, el proyecto incluiría:
- Reemplazar todo el estacionamiento público existente, además de estacionamiento adicional,
- dos edificios de oficinas y comercios de clase A, restringidos a una altura de 100 pies,
- 0,79 acres de espacio público ajardinado,
- ninguna financiación o financiamiento municipal de ningún tipo, y
- $210,088,941 alquiler mínimo garantizado para la Ciudad durante el plazo de arrendamiento de 99 años, o un porcentaje de los ingresos del proyecto, lo que sea mayor, entre otros ingresos.
- Meridian, LLC, la entidad promotora/arrendataria del proyecto propuesto en 1664 Meridian Avenue, es una empresa conjunta controlada por tres firmas locales: The Peebles Corporation, Scott Robins Companies, Inc. y Baron Corporation. Según lo aprobado por la Resolución n.° 2022-32245, el proyecto incluiría:
- Reemplazar todo el estacionamiento público existente, además de estacionamiento adicional,
- Edificio de oficinas, comercio minorista y residencial de clase A, restringido a una altura de 100 pies,
- 0,40 acres (aproximadamente 30% de sitio) de espacio público ajardinado, y
- ninguna financiación o financiamiento municipal de ningún tipo, y
- $145,704,144 alquiler mínimo garantizado para la Ciudad durante el plazo de 99 años, o un porcentaje de los ingresos del proyecto, lo que sea mayor, más ingresos adicionales.
La Sección 1.03(b)(2) de la Carta de la Ciudad requiere la aprobación, por la mayoría de los votantes que voten en un referéndum en toda la ciudad, de cualquier contrato de arrendamiento de diez (10) años o más de los estacionamientos de Lincoln Road (ver Explicación de las preguntas de la boleta electoral Nros. 4 y Nros. 5 a continuación).
Si los votantes de Miami Beach aprueban las Preguntas Electorales n.° 5 y/o n.° 6 que se enumeran a continuación, aprobando así uno o ambos (2) proyectos en los estacionamientos de Lincoln Road, como contraprestación por la firma de los contratos de arrendamiento, Lincoln Road Property Owner, LP y 1664 Meridian, LLC pagarán a la Ciudad el monto mayor entre (i) la renta mínima garantizada o (ii) un porcentaje de los ingresos del proyecto. La renta mínima garantizada de Lincoln Road Property Owner, LP durante el plazo de 99 años es de $210,088,941. La renta mínima garantizada de 1664 Meridian, LLC durante el plazo de 99 años es de $145,704,144.
Esta Pregunta Electoral N° 4, si se aprueba, requiere que la Ciudad adopte una ordenanza que dedique los pagos de alquiler garantizados que la Ciudad recibe de los Contratos de Arrendamiento de Terrenos, en porciones iguales anualmente, para mejorar la financiación de proyectos de la Ciudad que aborden las siguientes áreas:
- Iniciativas de infraestructura de resiliencia y sostenibilidad,
- Vivienda para trabajadores y
- Medidas de seguridad pública y prevención del delito
Cualquier pago de alquiler recibido que exceda el alquiler mínimo anual garantizado bajo los Contratos de Arrendamiento de Terrenos se utilizaría para apoyar otros programas o proyectos públicos, como parte de los ingresos del Fondo General de la Ciudad.
Para obtener información adicional, incluida una copia de los contratos de arrendamiento de terrenos y las resoluciones de la Comisión de la Ciudad n.° 2022-32242 y n.° 2022-32245, visite el sitio web de la Ciudad. aquí o comuníquese con la Oficina del Secretario Municipal al 305.673.7411.
Aprobación de la Carta de la Ciudad: Arrendamiento de la propiedad de la ciudad en 1664 Meridian Avenue
¿Debería la Ciudad arrendar el estacionamiento ubicado en 1664 Meridian Avenue (1,36 acres) a 1664 Meridian, LLC, por 99 años, exigiendo, según la Resolución 2022-32245:
- Reemplazar todo el estacionamiento público existente, además de estacionamiento adicional,
- Proyecto residencial, comercial y de oficinas de clase A cerca de Lincoln Road,
- 0,40 acres (aproximadamente 30% de sitio) de espacio público ajardinado,
- Edificio de 6 pisos, restringido a una altura de 100 pies,
- Sin financiación municipal, y
- $145,704,144 renta mínima garantizada a la Ciudad, entre otros ingresos?
La ciudad posee y opera un estacionamiento en superficie ubicado en 1664 Meridian Avenue (“P27”) muy cerca del distrito comercial de Lincoln Road.
En las Resoluciones complementarias 2022-32244 y 2022-32245, el Alcalde y la Comisión de la Ciudad aprobaron un Acuerdo de Desarrollo y, sujeto a la aprobación de los votantes, un Contrato de Arrendamiento de Terreno con 1664 Meridian, LLC, el Desarrollador del Proyecto, para el diseño, desarrollo y construcción de un edificio de uso mixto con estacionamiento en P27 (el "Proyecto"). 1664 Meridian, LLC, es una empresa conjunta controlada por tres firmas locales: The Peebles Corporation, Scott Robins Companies, Inc. y Baron Corporation.
La Sección 1.03(b)(2) de la Carta de la Ciudad exige la aprobación, por mayoría de los votantes en referéndum municipal, de cualquier contrato de arrendamiento de diez (10) años o más de ciertos estacionamientos municipales ubicados en las inmediaciones de Lincoln Road, incluyendo el terreno P27 objeto de esta Pregunta Electoral. Esta Pregunta Electoral n.º 5, de ser aprobada por mayoría de votantes, permitiría a la Ciudad arrendar el terreno P27 a 1664 Meridian, LLC para el desarrollo del Proyecto.
El Proyecto, si es aprobado por la mayoría de los votantes, incluiría: (1) espacio de oficina Clase A, (2) locales comerciales minoristas en la planta baja para activar los frentes de las calles, incluido Lincoln Lane North, (3) aproximadamente 43 apartamentos residenciales de alquiler a precio de mercado (los alquileres a corto plazo están prohibidos), (4) estacionamiento público para reemplazar los 151 espacios de estacionamiento público existentes actualmente disponibles en P27, y (5) estacionamiento adicional para satisfacer los requisitos de estacionamiento fuera de la calle para los usos de oficina y residencial.
De conformidad con el contrato de arrendamiento de terreno de 99 años, el diseño del edificio propuesto se limita a un altura máxima de 100 pies, debe construirse de manera sostenible para cumplir o superar LEED Oro Certificación, con al menos 50% de área de piso desarrollada como espacio de oficina Clase A, activación de la planta baja con comercio minorista, restaurante o usos activos similares y 0,4 acres de espacio público ajardinadoEl diseño final del Proyecto está sujeto a revisión y aprobación por parte de la Junta de Revisión de Diseño de la Ciudad, y el Desarrollador debe obtener todas las aprobaciones y permisos necesarios para construir el Proyecto.
Además de proporcionar el estacionamiento fuera de la calle requerido para los usos residenciales y de oficina, Las 151 plazas de aparcamiento público existentes hoy en la P27 deberán ser sustituidas en especie. en los pisos inferiores de la estructura y estar disponible para el público a la tarifa municipal. El Desarrollador debe presentar una plan de mitigación de estacionamiento que (i) reemplace cualquier estacionamiento público perdido temporalmente durante la construcción en instalaciones alternativas cercanas y (ii) compense a la Ciudad por cualquier pérdida de ingresos por estacionamiento durante la construcción. Al finalizar el proyecto, La Ciudad tiene derecho a 100% de los ingresos netos recaudados por la operación de los 151 espacios de estacionamiento público.
A lo largo del contrato de arrendamiento de terreno de 99 años, la ciudad recibirá Alquiler mínimo garantizado de $145,704,144 (sujeto a aumentos anuales y reajustes periódicos de alquiler, ambos en beneficio de la Ciudad) o Renta de participación equivalente a 5% de los ingresos brutos del Proyecto, El que sea mayor. A partir del quinto aniversario de la fecha de estabilización del Proyecto (es decir, la fecha en la que el Desarrollador haya arrendado al menos 85% de los metros cuadrados alquilables del Proyecto), la Ciudad recibirá Renta de transacción de 1,5% de ingresos brutos por cada venta del Proyecto (con un límite de $2,000,000 ajustado por inflación). El desarrollador será responsable de todos los costos y gastos para desarrollar, diseñar y construir el Proyecto, con Sin financiación municipal, sin subsidios públicos, devoluciones ni reducciones de impuestos. El pago de impuestos ad valorem por parte del Desarrollador puede producir aproximadamente entre 1TP y 500,000 T en ingresos fiscales anuales adicionales para la Ciudad.
Para obtener información adicional, incluida una copia del contrato de arrendamiento del terreno, las resoluciones de la Comisión de la Ciudad y las representaciones preliminares del diseño conceptual, visite el sitio web de la Ciudad. aquí o comuníquese con la Oficina del Secretario Municipal al 305.673.7411.
Aprobación de la Carta de la Ciudad: Arrendamiento de la propiedad de la ciudad en 1080 Lincoln Lane North/1688 Lenox Avenue
¿Debería la Ciudad arrendar los estacionamientos ubicados en 1688 Lenox Avenue (0,86 acres) y 1080 Lincoln Lane North (1,10 acres) al propietario de la propiedad de Lincoln Road, LP, durante 99 años, exigiendo, según la Resolución 2022-32242:
- estacionamiento adicional y reemplazo de todo el estacionamiento público existente,
- 0,79 acres de espacio público ajardinado,
- 2 edificios de oficinas y comercios minoristas de clase A, restringidos a una altura de 100 pies,
- ¿Alquiler mínimo garantizado para la Ciudad $210,088,941 (ambos alquileres), más otros ingresos y sin financiación de la Ciudad?
La ciudad posee y opera estacionamientos en superficie ubicados en 1688 Lenox Avenue (“P25”) y 1080 Lincoln Lane North (“P26”), ambos muy cerca del distrito comercial de Lincoln Road.
En las Resoluciones complementarias 2022-32241 y 2022-32242, el Alcalde y la Comisión Municipal aprobaron, sujeto a la aprobación de los votantes, un Acuerdo de Desarrollo y Arrendamientos de Terrenos con Lincoln Road Property Owner, LP, el Desarrollador del Proyecto, para el diseño, desarrollo y construcción de edificios de uso mixto con estacionamiento en las calles P25 y P26 (individualmente, el "Componente del Proyecto" y colectivamente, el "Proyecto"). Lincoln Road Property Owner, LP es una empresa conjunta controlada por tres firmas locales: Integra Investments, Starwood Capital Group y The Comras Company.
La Sección 1.03(b)(2) de la Carta de la Ciudad exige la aprobación, por mayoría de los votantes en referéndum municipal, de cualquier contrato de arrendamiento de diez (10) años o más de ciertos estacionamientos municipales ubicados en las inmediaciones de Lincoln Road, incluyendo los terrenos P25 y P26 objeto de esta Pregunta Electoral. Esta Pregunta Electoral n.º 6, de ser aprobada por mayoría de votantes, permitiría a la Ciudad arrendar los terrenos P25 y P26 a Lincoln Road Property Owner, LP para el desarrollo del Proyecto.
El proyecto, si es aprobado por la mayoría de los votantes, incluiría: (1) espacio de oficina Clase A, (2) locales comerciales minoristas en la planta baja para activar los frentes de las calles, incluido Lincoln Lane North, (3) estacionamiento público para reemplazar los 192 espacios de estacionamiento público existentes actualmente disponibles en P25/P26, y (4) estacionamiento adicional para satisfacer los requisitos de estacionamiento fuera de la calle para el uso de la oficina.
De conformidad con los contratos de arrendamiento de terrenos, los edificios propuestos están limitados a una altura máxima de 100 pies y debe construirse de manera sostenible para satisfacer LEED Oro Certificación, con al menos 50% de área de piso desarrollada como espacio de oficina Clase A, activación de la planta baja provista por comercio minorista, restaurante o usos activos similares, espacio público ajardinado y 1,000 pies cuadrados. espacio de beneficio comunitario para uso gratuito por parte de una organización cultural o educativa sin fines de lucro. El diseño final del proyecto está sujeto a revisión y aprobación por parte de la Junta de Revisión de Diseño de la Ciudad, y el Desarrollador debe obtener todas las aprobaciones y permisos necesarios para construir el Proyecto.
Además de proporcionar el estacionamiento fuera de la calle requerido para el uso de la oficina, Las 192 plazas de aparcamiento público existentes hoy en P25 y P26 deben ser sustituidas en especie. en los pisos inferiores de cada estructura y estarán disponibles para el público a la tarifa municipal. El promotor ha presentado una solicitud. plan de mitigación de estacionamiento para minimizar los impactos de la construcción, escalonando la construcción del Proyecto entre ambos sitios e incorporando un sistema de valet parking, subsidiado por el Desarrollador, lo que resulta en cero pérdida neta de estacionamiento en el sitio e ingresos por estacionamiento durante la construcción. Al finalizar el proyecto, La Ciudad tiene derecho a 100% de los ingresos netos recaudados por la operación de los 192 espacios de estacionamiento público.
A lo largo de los 99 años de arrendamiento de terrenos, la ciudad recibirá Renta mínima garantizada de $210,088,941 (sujeto a aumentos anuales y reajustes periódicos de alquiler, ambos en beneficio de la Ciudad) o Renta de participación equivalente a 5% de los ingresos brutos del Proyecto, El que sea mayor. A partir del quinto aniversario de la Fecha de Transferencia Permitida para cada Componente del Proyecto, la Ciudad recibirá Renta de transacción de 1,51 TP3T de ingresos brutos por cada venta de cada componente del proyecto (con un límite de $2,000,000 ajustado por inflación). El desarrollador será responsable de todos los costos y gastos para desarrollar, diseñar y construir el Proyecto, con Sin financiación municipal, sin subsidios públicos, devoluciones ni reducciones de impuestos. El pago de impuestos ad valorem por parte del Desarrollador puede producir aproximadamente entre 1TP y 500,000 T en ingresos fiscales anuales adicionales para la Ciudad.
Para obtener información adicional, incluida una copia de los contratos de arrendamiento de terrenos P25/P26, las resoluciones de la Comisión de la Ciudad y las representaciones que representan el diseño conceptual preliminar para el proyecto, visite el sitio web de la Ciudad. aquí o comuníquese con la Oficina del Secretario Municipal al 305.673.7411.
Distrito RPS4 – Sur de la Quinta Calle Incentivo FAR para convertir hoteles existentes en uso residencial
La Carta de la Ciudad requiere la aprobación de los votantes antes de aumentar la relación superficie construida de una propiedad ("FAR") (el método de la Ciudad para regular el tamaño de los edificios).
El distrito RPS4 se encuentra dentro del vecindario South of Fifth, que es predominantemente residencial.
¿Debería la Ciudad aumentar el FAR máximo de 2.0 a 2.75 en el Distrito RPS4 como incentivo para la conversión de propiedades hoteleras existentes a uso residencial, si el propietario de la propiedad registra un convenio que prohíbe alquileres a corto plazo en la propiedad?
El índice de superficie construida (FAR) es el método que utiliza la ciudad para regular el tamaño total de un edificio. En la ciudad de Miami Beach, el FAR permitido varía según el distrito de zonificación. Un multiplicador de FAR más alto permitiría la construcción de un edificio más grande.
La Carta de la Ciudad exige la aprobación de los votantes para aumentar el FAR zonificado de una propiedad. Específicamente, la Sección 1.03(c) de la Carta de la Ciudad establece que «la relación de superficie construida de cualquier propiedad o calle dentro de la Ciudad de Miami Beach no se incrementará por zonificación, transferencia ni ningún otro medio... a menos que dicho aumento en la relación de superficie construida zonificada para dicha propiedad sea aprobado previamente por el voto de los electores de la Ciudad de Miami Beach».
Actualmente, el FAR zonificado máximo es 2.0 en el estándar de desempeño residencial RPS-4, distrito de alta densidad, que se encuentra en el vecindario al sur de Fifth Street.
Esta pregunta electoral pregunta si la Ciudad debe aumentar el FAR máximo en el distrito RPS-4 de 2.0 a 2.75 como incentivo para la conversión de propiedades hoteleras existentes a uso residencial. Para poder optar al incentivo voluntario del FAR, el propietario deberá primero registrar un acuerdo que prohíba los alquileres a corto plazo (es decir, alquileres por menos de 6 meses y un día) en la propiedad.
El propósito de esta medida es incentivar la reurbanización de hoteles dentro del distrito de zonificación RPS-4, como el Marriott Stanton en Ocean Drive 161, para convertirlos en propiedades residenciales. La sustitución de hoteles por desarrollos residenciales reduciría el impacto de los usos transitorios en el vecindario al sur de la Quinta Calle, que es principalmente residencial.
Debido a que esta pregunta electoral contempla un aumento en el FAR zonificado, se requiere la aprobación de los votantes de la Ciudad de conformidad con la Sec. 1.03(c) de la Carta de la Ciudad.
Incentivo FAR para usos residenciales y de oficinas en Washington Avenue entre 1st y 2nd Street
La Carta de la Ciudad requiere la aprobación de los votantes antes de aumentar la relación superficie construida de una propiedad ("FAR") (cómo la Ciudad regula el tamaño de los edificios).
El FAR en 1st Street Overlay (ubicado en el lado este de Washington Avenue entre 1st y 2nd Streets) es 1.0, aunque anteriormente el FAR era 2.0.
¿Debería la Ciudad aumentar el FAR de 1.0 a 2.0 en 1st Street Overlay, con un incentivo FAR de 2.0 a 2.7 para reurbanizaciones que incluyan usos residenciales o de oficina, y prohibir hoteles y alquileres a corto plazo?
El índice de superficie construida (FAR) es el método que utiliza la ciudad para regular el tamaño total de un edificio. En la ciudad de Miami Beach, el FAR permitido varía según el distrito de zonificación. Un multiplicador de FAR más alto permitiría la construcción de un edificio más grande.
La Carta de la Ciudad exige la aprobación de los votantes para aumentar el FAR zonificado de una propiedad. Específicamente, la Sección 1.03(c) de la Carta de la Ciudad establece que «la relación de superficie construida de cualquier propiedad o calle dentro de la Ciudad de Miami Beach no se incrementará por zonificación, transferencia ni ningún otro medio... a menos que dicho aumento en la relación de superficie construida zonificada para dicha propiedad sea aprobado previamente por el voto de los electores de la Ciudad de Miami Beach».
Se ha propuesto una Superposición de la Calle 1 para las propiedades a lo largo del lado este de la Avenida Washington, entre las calles 1 y 2 (la "Superposición"), con el fin de incentivar la reurbanización residencial y de oficinas dentro de esta área geográfica limitada. Estas propiedades se ubican dentro del distrito de uso mixto limitado, según el estándar de desempeño comercial CPS-1. Actualmente, el FAR máximo zonificado en el distrito CPS-1 es de 1.0.
Este referéndum propone un aumento del FAR de 1.0 a 2.0 en toda la Superposición, y un incentivo del FAR de 2.0 a 2.7 para ciertas reurbanizaciones residenciales y de oficinas. Según la propuesta, el propietario solo podría optar al incentivo (hasta 2.7) si acepta prohibir hoteles y alquileres a corto plazo en la propiedad.
Debido a que esta pregunta electoral contempla un aumento en el FAR zonificado, se requiere la aprobación de los votantes de la Ciudad de conformidad con la Sec. 1.03(c) de la Carta de la Ciudad.
