Comité de Supervisión de Bonos de Obligación General (GO)

Composición:

El propósito del Comité de Supervisión de Bonos de Obligación General es hacer recomendaciones consultivas al Administrador de la Ciudad y a la Comisión de la Ciudad desde una perspectiva macro con respecto al progreso oportuno, los objetivos generales, los costos, incluidas las eficiencias financieras, y la finalización oportuna de los proyectos del Programa de Bonos de Obligación General ("Programa de Bonos GO") aprobados por los votantes en las Elecciones Especiales de la Ciudad de Miami Beach celebradas el 6 de noviembre de 2018 y el 8 de noviembre de 2022.

El Comité de Supervisión de Bonos de Obligación General estará integrado por catorce (14) miembros de la siguiente manera:

Ocho (8) miembros generales con derecho a voto, con mandatos escalonados, designados por la Comisión de la Ciudad de la siguiente manera:
(1) dos residentes de la ciudad del área de North Beach;
(2) dos residentes de la ciudad del área de Mid-Beach; y
(3) dos residentes de la ciudad del área de South Beach.
(4) dos residentes de la Ciudad de cualquier área geográfica de la Ciudad con experiencia trabajando con organizaciones culturales/artísticas, incluso con respecto a operaciones, gestión de instalaciones o diseño.

Un nombramiento directo por parte del Alcalde, que deberá ser miembro con derecho a voto y residente de cualquier zona de la Ciudad, y que actuará como presidente del Comité.

Cinco (5) miembros ex officio y sin derecho a voto, de la siguiente manera:
(1) un designado del Comité de Auditoría de la Ciudad;
(2) un designado de la Junta de Parques e Instalaciones Recreativas de la Ciudad;
(3) un designado del Comité Asesor de Presupuesto de la Ciudad; y
(4) un designado del Comité de Sostenibilidad de la Ciudad.
(5) un designado del Consejo de Artes Culturales de la Ciudad.

Los miembros con derecho a voto desempeñarán su cargo durante un período de dos años.
(1) Los límites de mandato para los miembros con derecho a voto establecidos en los incisos (a)(1)-(3) se regirán por los límites de mandato establecidos en la Sección 222(5)(b) del Código de la Ciudad para los nombramientos generales.

(2) Los límites de mandato para el presidente del Comité se regirán por los límites de mandato establecidos en la Sección 2-22 (5)(a) del Código de la Ciudad para los nombramientos directos.

Cada uno de los nueve (9) miembros votantes debe demostrar un alto grado de conocimiento o experiencia en una o más de las siguientes áreas o disciplinas:
(1) Banca/Finanzas;
(2) Construcción;
(3) Desarrollo Inmobiliario:
(4) Gestión de la construcción;
(5) Operaciones recreativas o culturales/artísticas, gestión/diseño de instalaciones;
(6) Arquitectura;
(7) Diseño de Paisaje/Arquitectura del Paisaje;
(8) Sistemas de seguridad pública;
(9) Obras Públicas;
(10) Instalaciones Públicas;
(11) Ingeniería;
(12) Planificación/Diseño Urbano;
(13) Resiliencia/Gestión Ambiental;
(14) Comunicaciones; o
(15) Liderazgo vecinal.

Los principales departamentos de apoyo del Comité de Supervisión de Bonos de Obligación General serán la Oficina del Administrador Municipal, el Departamento de Finanzas, el Departamento de Proyectos de Mejoras de Capital y el Departamento de Instalaciones y Flota. La Fiscalía Municipal asesorará al Comité y la Oficina del Inspector General de la Ciudad se encargará de la supervisión.

Solicitudes de registros públicos

Visite el sitio de Solicitudes de Registros Públicos de la Ciudad de Miami Beach. Envíe una nueva solicitud, consulte el estado de una solicitud enviada y busque en el archivo de solicitudes de registros.

Si tiene alguna pregunta sobre registros públicos, llame a la oficina del Secretario Municipal de la Ciudad de Miami Beach al 305-673-7411. 

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