Junta de la Autoridad de Instalaciones Sanitarias

Composición

Períodos de cuatro (4) años.
Cinco (5) miembros estarán integrados por:
Dos (2) proveedores de salud;
Una (1) persona en el campo de los negocios en general que tenga buena reputación en la comunidad; Un (1) contador; y
Un (1) abogado;

El Presidente del Consejo Asesor de Salud actuará como asesor sin derecho a voto de la Autoridad.

Los miembros deberán ser residentes de la Ciudad. Estatuto de Florida 154.207 Sin límite de mandato.

Solicitudes de registros públicos

Visite el sitio de Solicitudes de Registros Públicos de la Ciudad de Miami Beach. Envíe una nueva solicitud, consulte el estado de una solicitud enviada y busque en el archivo de solicitudes de registros.

Si tiene alguna pregunta sobre registros públicos, llame a la oficina del Secretario Municipal de la Ciudad de Miami Beach al 305-673-7411. 

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