BARCO

Programa de Iniciativa de Vivienda Estatal

Los fondos SHIP se distribuyen según el derecho a recibirlos a los 67 condados y 50 ciudades de Florida que reciben subvenciones globales para el desarrollo comunitario. Las personas, las organizaciones sin fines de lucro y los promotores inmobiliarios con fines de lucro deben solicitar financiación al gobierno local. La ciudad de Miami Beach publica anualmente un Aviso de Disponibilidad de Fondos (NOFA) para el Programa de la Asociación de Iniciativas de Vivienda del Estado (SHIP). Los fondos pueden utilizarse para la rehabilitación de viviendas adquiridas en el marco de un programa de asistencia para la adquisición de vivienda. 

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Fondo

El programa fue diseñado para atender a familias con ingresos muy bajos, bajos y moderados. Su financiación se estableció mediante la aprobación de la Ley de Vivienda Asequible William E. Sadowski de 1992. Los fondos se asignan mensualmente a los gobiernos locales según una fórmula basada en la población. Estos fondos provienen de la recaudación del impuesto de timbres fiscales, que se deposita en el Fondo Fiduciario de Vivienda del Gobierno Local. Los desembolsos reales totales dependen de la recaudación de estos timbres fiscales. 

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Descripción general del programa

Los fondos SHIP pueden utilizarse para reparaciones de emergencia, nuevas construcciones, rehabilitación, asistencia con el pago inicial y los costos de cierre, financiación para la construcción y la brecha financiera, reducción de hipotecas, adquisición de propiedades para viviendas asequibles, viviendas para necesidades especiales, asesoramiento para la propiedad de vivienda y contrapartida para préstamos y subvenciones federales para vivienda. Un mínimo del 65 por ciento de la distribución anual total de los fondos SHIP de un gobierno local debe utilizarse para la propiedad de vivienda. Un mínimo del 75 por ciento de la distribución anual total de los fondos SHIP de un gobierno local debe utilizarse para actividades relacionadas con la construcción, incluyendo rehabilitación, nuevas construcciones, reparaciones de emergencia o financiación para una unidad de nueva construcción o rehabilitación. Al menos el 30 por ciento de la distribución anual total de los fondos SHIP de un gobierno local debe reservarse para adjudicaciones a personas de ingresos muy bajos (50% del ingreso medio del área o AMI), y un 30 por ciento adicional de los fondos debe otorgarse a personas de bajos ingresos (80% AMI). El resto puede servir a cualquier combinación de personas de ingresos muy bajos, bajos o moderados (120% AMI). 

Requisitos de focalización de los fondos:

Se debe gastar un mínimo de 65% de la asignación, más los fondos recuperados, en actividades de propiedad de vivienda elegibles.

Se debe gastar un mínimo de 75% de la asignación, más los fondos recuperados, en actividades de construcción/rehabilitación elegibles.

Al menos el 30% de los fondos de todas las fuentes del SHIP deben reservarse para hogares con ingresos muy bajos (hasta el 50% del ingreso medio).

Se pueden reservar 30% adicionales de fondos de todas las fuentes del SHIP para hogares de bajos ingresos (hasta 80% del ingreso medio).

Los fondos restantes pueden reservarse para hogares con un ingreso medio de hasta 140%.

No se podrá utilizar más del 5% de los fondos SHIP para gastos administrativos.

Si un gobierno local determina la necesidad mediante resolución, podrá utilizar hasta el 10% para gastos administrativos. Además, una parte de los ingresos del programa podrá utilizarse para gastos administrativos. El 5% de los ingresos del programa se destinará a ciudades con una asignación cuantiosa y a condados que no sean condados pequeños, según la definición del artículo 120.52(19). "Condado pequeño" se refiere a cualquier condado con una población no carcelaria de 75,000 o menos, según el censo decenal más reciente. El 10% de los ingresos del programa se destinará a condados pequeños y municipios elegibles que reciban una distribución local de vivienda de hasta $350,000, según el artículo 67-37.007 (5)(f) de la Norma SHIP.

Programa de rehabilitación de viviendas ocupadas por sus propietarios

El Programa de Rehabilitación de Viviendas Ocupadas por sus Propietarios en Miami Beach está diseñado para brindar asistencia financiera a propietarios de bajos ingresos para la rehabilitación de sus viviendas. El programa es administrado por el Departamento de Desarrollo Comunitario de la Ciudad de Miami Beach y financiado por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD).

El programa ofrece a los propietarios elegibles hasta $70,000 en asistencia financiera para realizar las reparaciones necesarias en sus viviendas, como la reparación de problemas estructurales, la modernización de los sistemas eléctricos y de plomería, o la instalación de electrodomésticos de bajo consumo. Los fondos también pueden utilizarse para mejorar la accesibilidad de las viviendas a personas con discapacidad.

Para ser elegibles para el programa, los propietarios deben cumplir con ciertos requisitos de ingresos y de propiedad. También deben residir en la vivienda y tener un título de propiedad sin problemas. Además, la vivienda debe estar ubicada dentro de los límites de la ciudad de Miami Beach y requerir rehabilitación.

El Programa de Rehabilitación de Viviendas Ocupadas por sus Propietarios tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas de bajos ingresos y hacer que sus hogares sean más seguros y habitables. Al brindar asistencia financiera para las reparaciones necesarias, el programa ayuda a preservar la vivienda asequible y a prevenir la falta de vivienda.

Para solicitar el Programa de Rehabilitación de Viviendas Ocupadas por sus Propietarios en Miami Beach, puede seguir estos pasos:

  • Comuníquese con el Departamento de Desarrollo Comunitario de la Ciudad de Miami Beach para determinar si cumple los requisitos para el programa. Puede comunicarse con el departamento por teléfono al (305) 673-7260 o visite la oficina ubicada en 765 Calle 17  
  • Horario: L-V 8:30 a. m. a 5 p. m. (Cerrado 12 p. m. a 1 p. m.) 
  • Si cumple los requisitos, el departamento le proporcionará un formulario de solicitud para que lo complete. Deberá proporcionar información sobre sus ingresos, su propiedad y las reparaciones necesarias. 
  • Una vez recibida su solicitud, un representante del Departamento de Desarrollo Comunitario se pondrá en contacto con usted para programar una inspección de su vivienda. El objetivo de la inspección es determinar el alcance de las reparaciones necesarias. 
  • Tras la inspección, el Departamento de Desarrollo Comunitario elaborará un informe de las obras y un presupuesto de las reparaciones. Si acepta el presupuesto, deberá firmar un contrato de obra. 
  • Una vez firmado el contrato, comenzarán las reparaciones. La Ciudad de Miami Beach supervisará las obras para garantizar que cumplan con todos los códigos y normas de construcción. 

Información del programa

Todas las solicitudes y la documentación de respaldo deben enviarse en línea a través de:

Utilice los navegadores Chrome y Safari, ya que el enlace no funciona en Internet Explorer. Deberá registrarse en Neighborly Software antes. Presentar una solicitud Completar la solicitud debería tomar hasta 10 minutos. Una vez que la envíe (a través del enlace o en persona), se le contactará para programar una cita para revisarla y firmar los formularios de consentimiento. 

Tenga en cuenta que hay una lista de espera. en este momento. Con el fin de Para solicitar la lista de espera, puede enviar por correo electrónico su solicitud completa y firmada a barco@miamibeachfl.gov.

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