Reclutamiento de RR.HH.
Cómo aplicar
La ciudad de Miami Beach es una comunidad tropical, histórica y vibrante y un lugar de trabajo como ningún otro, con oportunidades laborales que abarcan casi todas las industrias e intereses.
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Proceso general de reclutamiento
Proceso de solicitud
El proceso de solicitud de empleo en la Ciudad de Miami Beach varía según el puesto. Consulte las ofertas de empleo individuales haciendo clic en los enlaces a la derecha de esta sección.
La Ciudad de Miami Beach es un empleador que ofrece igualdad de oportunidades. Los solicitantes y empleados están protegidos contra la discriminación basada en ciertas categorías protegidas por las leyes locales y federales.
La ciudad de Miami Beach es un lugar de trabajo libre de drogas.
Los solicitantes deben detallar cualquier experiencia laboral relacionada en la solicitud o se arriesgan a ser descalificados. Es responsabilidad del solicitante actualizar su perfil de NEOGOV con su experiencia laboral, educación, certificaciones e información de contacto personal al enviar cada solicitud. De no hacerlo, no será elegible. Los empleados de la Ciudad de Miami Beach deben informar su puesto actual y describir su experiencia laboral interna en la solicitud para evitar ser descalificados.
Se realizan pruebas de antecedentes a todos los candidatos seleccionados antes del empleo.
Requisitos para todos los puestos
- Capacidad para establecer y mantener relaciones de trabajo efectivas con funcionarios electos, compañeros de trabajo, la prensa, el público en general y miembros de diversos orígenes culturales y lingüísticos, independientemente de su raza, religión, edad, sexo, discapacidad, afiliación política, identidad de género u orientación sexual.
- Capacidad para servir al público y a sus compañeros con honestidad e integridad, en total conformidad con la letra y el espíritu de todas las políticas municipales de ética y conflictos de intereses. Se requiere un sólido conocimiento del comportamiento ético.
- Capacidad para mantener una asistencia regular y puntual.
- Realiza trabajos relacionados según sea necesario.
- Se presenta a trabajar según las instrucciones durante una emergencia como empleado esencial de la ciudad de Miami Beach.
Requisitos para todos los puestos técnicos, profesionales, de supervisión y de gestión
- Capacidad para desarrollar soluciones innovadoras y creativas a problemas consistentes con el plan estratégico de la Ciudad.
Contáctenos
Ramón Suárez
Gerente de Reclutamiento
Ramonsuarez@miamibeachfl.gov
Extensión: x26395
Ana Ramos
Especialista sénior en recursos humanos
Anaramos@miamibeachfl.gov
Extensión: x26453
Michael Fritz
Especialista en Recursos Humanos
Michaelfritz@miamibeachfl.gov
Extensión: x26393
Brenda Garrison
Especialista en Recursos Humanos
BrendaGarrison@miamibeachfl.gov
Extensión: x26569
Samuel Feliciano
Asociado de oficina IV
Samuelfeliciano@miamibeachfl.gov
Extensión: x26214
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Enlace a oportunidades de empleo
Oportunidades
Preferencia de los veteranos
La Preferencia para Veteranos se otorga de conformidad con el Estatuto Estatal de Florida 295.07. Si se solicita la preferencia para veteranos, debe indicarse en el formulario de solicitud. Junto con la solicitud, debe presentarse la documentación pertinente, incluidos todos los formularios DD-214 (Miembro 2 o Miembro 4), así como la Carta de Discapacidad final del Departamento de Defensa (fechada dentro del año).
Un solicitante que considere que no se le concedió preferencia de empleo, ascenso o retención puede presentar una queja ante la FDVA. La queja debe presentarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se recibió la notificación de no selección. La FDVA puede entonces investigar y determinar si se ha cometido una infracción.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la definición de “Veterano” para la elegibilidad de preferencia de veteranos?
El término Veterano significa una persona que sirvió en el servicio militar, naval o aéreo activo de los Estados Unidos de América y que fue dado de baja con honores.
¿Quién califica para la preferencia de veteranos?
Las personas elegibles para la Preferencia de Veteranos (VP) son las siguientes:
- Veteranos discapacitados que hayan servido en servicio activo en cualquier rama de las Fuerzas Armadas y que actualmente tengan una discapacidad existente relacionada con el servicio que sea compensable según las leyes públicas.
administrados por el Departamento de Asuntos de Veteranos (DVA), o están recibiendo compensación, beneficios de jubilación por discapacidad o pensión en virtud de leyes públicas administradas por el DVA y el
Departamento de Defensa (DoD). - El cónyuge de un veterano:
a) Que tenga una incapacidad total y permanente relacionada con el servicio y que, debido a esta incapacidad, no pueda calificar para el empleo; o
b) Quien esté desaparecido en combate, capturado en cumplimiento de su deber por una fuerza hostil, o detenido o internado en cumplimiento de su deber por un gobierno o potencia extranjera. - Veterano de cualquier guerra que haya servido al menos un día durante dicho período, según se define en la sección 1.01(14) del Estatuto de los Veteranos, o que haya recibido una medalla de campaña o expedición. El servicio activo para entrenamiento no se considerará elegible según este párrafo.
- La viuda o viudo que no se ha vuelto a casar de un veterano que murió de una discapacidad relacionada con el servicio.
- La madre, el padre, el tutor legal o la viuda o viudo que no se haya vuelto a casar de un miembro del servicio que murió como resultado del servicio militar en condiciones relacionadas con el combate, según lo verificado por el Departamento de Defensa.
- Veterano, según la definición del artículo 1.01(14) del Código de Servicios Federales. El término "Veterano" se define como una persona que sirvió en el servicio militar, naval o aéreo activo y que fue dada de baja o relevada de dicho servicio únicamente con honores, o que posteriormente recibió una baja con honores superiores. El "Servicio Activo para Entrenamiento" no califica para el programa de Veteranos.
- Un miembro actual de cualquier componente de reserva de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o de la Guardia Nacional de Florida.
¿Qué empleadores deben cumplir con los requisitos de preferencia de veteranos de la Sección 295.07, FS, y el Capítulo 55A-7, FAC?
Los Estatutos y las Normas son aplicables a entidades públicas como el Estado y todas sus Agencias. También se aplican al Sistema Universitario Estatal, al Sistema de Colegios Comunitarios Estatales, a la Escuela para Sordos y Ciegos de Florida y a las subdivisiones políticas del Estado, incluyendo condados, ciudades, pueblos, aldeas, distritos escolares especiales, distritos especiales de carreteras y puentes, distritos de puentes y todos los demás distritos del Estado.
¿Qué puestos califican para la preferencia de veteranos y cuáles están exentos de la preferencia de veteranos?
La siguiente lista identifica los puestos que califican:
Puestos de empleo ofrecidos por el Estado según lo designado en la Sección 295.07(4)(a), y enumerados a continuación:
a) Todos los puestos sujetos al Sistema de Servicio de Carrera del Estado.
b) Todos los puestos dependientes del Sistema de Personal de Apoyo Universitario del Sistema Universitario Estatal.
c) Todos los puestos del Sistema de Servicio de Carrera del Sistema Universitario de Florida y de la Escuela para Sordos y Ciegos.
d) Puestos equivalentes en Universidades Estatales, instituciones del Florida College System o la Escuela para Sordos y Ciegos.
La siguiente lista identifica los puestos que están exentos:
Puestos de empleo ofrecidos por el Estado según lo designado en la Sección 110.205(2), FS y parcialmente enumerados a continuación (para una lista completa, consulte FS):
a) Las personas empleadas con carácter temporal sin prestaciones.
b) Los jefes de departamento y determinados puestos directivos.
c) Administradores de ciudades, administradores de condados, cargos de gestión y formulación de políticas de subdivisiones políticas de
el Estado.
d) Todos los miembros de las juntas y comisiones estatales.
e) Determinados puestos que requieren licencia de médico.
f) Puestos que requieren la afiliación del empleado al Colegio de Abogados de Florida.
¿Cuáles son los períodos de guerra?
- Segunda Guerra Mundial: 7 de diciembre de 1941 - 31 de diciembre de 1946.
- Conflicto de Corea: 27 de junio de 1950 - 31 de enero de 1955.
- Era de Vietnam: 28 de febrero de 1961 - 7 de mayo de 1975.
- Guerra del Golfo Pérsico: 2 de agosto de 1990 - 2 de enero de 1992.
- Operación Libertad Duradera: 7 de octubre de 2001 – en curso.
- Operación Libertad Iraquí: 19 de marzo de 2003 - 31 de agosto de 2010.
- Operación Nuevo Amanecer: 1 de septiembre de 2010 – en curso.
- Servicio durante una campaña o expedición para la cual se ha autorizado una insignia de campaña.
¿Qué carácter de descarga debe figurar en el Formulario DD 214 para calificar para la preferencia de veteranos?
Un veterano DEBE haber sido dado de baja con nada menos que una baja “HONORABLE”.
¿Una baja general (en condiciones honorables) califica para la preferencia de veteranos?
No, una baja general es menor que una baja honorable y no califica para la preferencia de veteranos.
¿Qué pasa si el solicitante tiene varios Formularios DD 214 y uno de ellos es menos que Honorable?
Para ser elegible para la VP, el solicitante debe haber cumplido un período de servicio activo elegible en el que haya recibido una baja honorable. Por lo tanto, el solicitante tendrá derecho a la VP y el formulario DD 214 restante será irrelevante.
¿Qué es un formulario DD 215 y por qué es importante?
El Formulario DD 215 es un documento adjunto al Formulario DD 214 del Veterano que declara que se ha corregido, modificado o añadido información del Formulario DD 214. Esto puede incluir correcciones en las fechas de servicio y la adición de medallas. Y, lo que es más importante para nuestros fines, puede incluir mejoras en la calidad del servicio. Este cambio sustituirá al anterior en el Formulario DD 214.
¿Es necesario ser residente de Florida para calificar para la Preferencia de Veteranos?
No, no es necesario ser residente de Florida para calificar para VP.
¿Es necesario ser ciudadano estadounidense para utilizar la Preferencia de Veteranos?
No, cualquier ciudadano estadounidense calificado para vicepresidente o trabajador extranjero legalmente autorizado en los Estados Unidos puede presentar una solicitud ante una entidad política en el estado de Florida y solicitar vicepresidente en su solicitud de empleo.
¿Con qué frecuencia puede un solicitante utilizar la Preferencia para Veteranos?
Los solicitantes elegibles pueden usar el programa de VP tantas veces como deseen al solicitar puestos de primera contratación. El programa de VP no tiene vencimiento; sin embargo, deben tener un servicio calificado (90 días consecutivos en su puesto civil) para ascensos internos. Si el puesto se anuncia externamente, todos los solicitantes elegibles para el programa de VP pueden solicitar preferencia, incluso si se trata de un ascenso para el veterano.
¿A qué veteranos se les garantiza una entrevista?
30% o más veteranos discapacitados (excepto para puestos exclusivos para veteranos) y cuando la decisión de entrevistar a los solicitantes se basa en un sistema de puntuación no numérico, TODOS los solicitantes elegibles para VP DEBEN obtener una entrevista.
¿Qué puntos/porcentajes se aplican para la Preferencia de Veteranos?
Los empleadores que utilizan un sistema numérico para la contratación deben aumentar la puntuación del candidato elegible para el puesto de vicepresidente. La puntuación que se otorga al candidato se basa en su categoría de elegibilidad. Los puntos/porcentajes son diez (10), quince (15) o veinte (20) y se asignan de la siguiente manera:
- Veteranos discapacitados: 20 puntos/porcentaje
- El cónyuge de un veterano con una discapacidad total y permanente relacionada con el servicio, desaparecido en acción, capturado en cumplimiento del deber por una fuerza hostil, o detenido o internado en cumplimiento del deber por un gobierno o potencia extranjera: 20 puntos/por ciento
- Un veterano de cualquier guerra que haya servido al menos un día durante ese período de guerra o que haya recibido una medalla de campaña o expedición: 15 puntos/por ciento
- La viuda o viudo no vuelto a casar de un veterano que murió de una discapacidad relacionada con el servicio: 15 puntos/por ciento
- La madre, el padre, el tutor legal o la viuda o el viudo no vuelto a casar de un miembro del servicio que murió como resultado del servicio militar en condiciones relacionadas con el combate: 15 puntos/por ciento
- Un veterano según se define en la sección 1.01(14), FS: "El término 'Veterano' significa una persona que sirvió en el servicio militar, naval o aéreo activo y que fue dado de baja en condiciones honorables: 10 puntos/por ciento
- Un miembro actual de cualquier componente de reserva de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o de la Guardia Nacional de Florida: 10 puntos/por ciento
¿Cuándo se aplican los puntos/porcentajes de preferencia de veteranos?
- Después de que el solicitante cumpla con las calificaciones mínimas requeridas para el puesto.
- Después de que el solicitante obtenga una puntuación aprobatoria en todos los exámenes requeridos.
¿Qué pasos suman puntos?
Si se utiliza un sistema numérico en CUALQUIER etapa (por ejemplo: puntuación de KSAs, calificaciones preferidas, entrevistas), la puntuación debe aumentarse para sumar puntos de preferencia de veteranos.
Cuando hay múltiples pruebas durante un proceso de solicitud, ¿cuándo se aplica la preferencia de veteranos?
El VP se aplica en todas las etapas del proceso. Hay dos maneras de aumentar las puntuaciones cuando hay varias pruebas (siempre que se alcance la puntuación mínima para aprobar en cada etapa):
- Si el aspirante a vicepresidente obtiene la puntuación mínima para aprobar un examen, esta se complementa con los puntos de vicepresidente que le corresponden y puede pasar al siguiente examen. Si logra la puntuación mínima para aprobar, también se complementará con los puntos de vicepresidente que le corresponden. Este patrón se repite en todos los exámenes para obtener la puntuación total.
- El solicitante realiza una serie de pruebas y todas sus puntuaciones se suman para obtener una única puntuación acumulativa. Esta puntuación se complementa con los puntos que le permiten obtener el VP (siempre que alcance la puntuación mínima para aprobar en cada etapa).
¿Cómo determinar si aumentar una puntuación mediante puntos o mediante porcentajes?
Si la puntuación total posible durante el examen es de 100 puntos, se le debe añadir 10, 15 o 20 puntos. Si la puntuación total posible es menor o mayor de 100 puntos, se le debe añadir 10%, 15% o 20% de la puntuación total posible. Por ejemplo, si la puntuación total posible durante el examen es de 50, a un solicitante con un porcentaje de veteranos del 10% se le debe añadir 10% de la puntuación total posible (en este ejemplo, 5 puntos).
¿Qué sucede cuando la selección se reduce a un grupo de solicitantes con mayor puntuación y estos son considerados iguales?
Si hay un solicitante elegible para el programa de vicepresidente en el grupo, y todos los solicitantes son IGUALITARIOS, el responsable de la toma de decisiones DEBE seleccionar al solicitante elegible para el programa de vicepresidente. El responsable de la toma de decisiones no puede omitir a un solicitante de vicepresidente y seleccionar a un solicitante no vicepresidente igualmente calificado. Si hay más de un solicitante de vicepresidente en el grupo IGUALITARIO, la selección se basará en cómo calificaron los solicitantes para el programa de vicepresidente y su categoría de elegibilidad. Un solicitante de vicepresidente con discapacidad que califique siempre será seleccionado sobre cualquier otra categoría de solicitantes cuando cuente con IGUALITARIO.
¿Qué pasa si se utiliza un sistema no numérico?
Cuando no se realiza un examen, el VP DEBE administrarse en cada etapa. En la primera etapa, el solicitante elegible para el VP, que cumple con los requisitos mínimos requeridos, tiene garantizada una entrevista. Sin embargo, la selección final de un solicitante se basa en quién, según el responsable de la toma de decisiones, es el candidato más calificado para el puesto.
Puesto. Si hay dos candidatos a vicepresidente que cumplen los mismos requisitos, la selección se basará en la calificación de cada candidato y su categoría de elegibilidad. Un veterano con discapacidad que cumpla los requisitos siempre será seleccionado por encima de cualquier otra categoría de solicitantes cuando cumpla los mismos requisitos. Sin embargo, si un solicitante elegible para vicepresidente no es seleccionado, un miembro de la alta dirección, con la autoridad para revocar la decisión, DEBE revisar al solicitante seleccionado y al/los solicitante(s) elegible(s) para vicepresidente y determinar si se eligió al candidato más calificado. Los empleadores deben documentar este proceso de revisión.
¿Qué documentos debo mostrar para reclamar la Preferencia de Veteranos?
- Formulario DD 214
a) Los veteranos discapacitados también deberán presentar un documento del Departamento de Defensa (DoD) o del Departamento de Asuntos de Veteranos (DVA) que acredite que padecen una discapacidad relacionada con el servicio. En la mayoría de los casos, no es necesario revelar el tipo de discapacidad. - Los cónyuges de veteranos discapacitados deberán presentar una carta de concesión que indique su derecho a recibir beneficios del Capítulo 35 del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) o del Departamento de Defensa (DoD). Esto confirma que el veterano tiene una discapacidad total y permanente. El cónyuge también deberá tener una tarjeta de identificación emitida por el DoD; también deberán presentar un certificado de matrimonio u otra prueba oficial de matrimonio con el veterano y una declaración de que aún están casados con el veterano al momento de la solicitud de empleo.
- Una viuda o viudo que no se haya vuelto a casar de un veterano que murió de una discapacidad relacionada con el servicio deberá proporcionar documentación del VA que indique la causa de la muerte.
- Los cónyuges de miembros del servicio activo deberán proporcionar los siguientes documentos:
a) Documentación del Departamento de Defensa o del Departamento de Asuntos de Veteranos que certifique que el veterano figura como desaparecido en acción, capturado en cumplimiento del deber o detenido o internado por la fuerza en cumplimiento del deber por un gobierno o potencia extranjera.
b) Prueba del matrimonio.
c) Declaración de que el cónyuge está casado con el veterano en servicio activo al momento de la solicitud de empleo. - La madre, el padre, el tutor legal o la viuda o viudo(a) que no se haya vuelto a casar de un veterano fallecido deberá presentar un documento del Departamento de Defensa que acredite el fallecimiento del militar en servicio en condiciones relacionadas con el combate, o bien, el DVA que certifique el fallecimiento del veterano relacionado con el servicio, y además deberá presentar prueba de matrimonio. El tutor legal deberá mostrar los documentos judiciales que establezcan la tutela.
- Los miembros actuales de la Reserva y de la Guardia Nacional deben proporcionar un memorando firmado por su supervisor militar que confirme su estado activo en la Reserva o la Guardia.
¿Qué pasa si no se entregan los documentos?
Si falta alguno de estos documentos durante el proceso de solicitud, el empleador debe informarle al veterano qué es lo que falta por correo electrónico y darle al solicitante 5 días hábiles para subsanar la deficiencia.