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    La Ciudad de Miami Beach les da la bienvenida a usted y a su producción a nuestro singular escenario. La historia de Miami Beach siempre ha estado ligada al cine y la moda, desde el Rat Pack hasta Jackie Gleason, Miami Vice y la industria de la moda. El Departamento de Turismo y Cultura se compromete a brindar una experiencia útil y positiva durante toda la producción cinematográfica e impresa a través de la División de Eventos Especiales y Cine.

    La División es responsable de coordinar y autorizar el uso de películas, videos, fotografías y otros medios en áreas públicas o residenciales de Miami Beach. Nuestra misión es garantizar el crecimiento y la estabilidad de todas las facetas de la industria del entretenimiento en Miami Beach, satisfaciendo al mismo tiempo las necesidades de residentes, empresas y visitantes.

    Todos los proyectos comerciales de cine, televisión, video, medios en línea, radio, filmación con drones y fotografía (en adelante denominados "Producciones") deben obtener un permiso de Filmación e Impresión de la Ciudad de Miami Beach (en adelante denominada "Ciudad").

    Los permisos de Filmación e Impresión se emiten principalmente para propiedades públicas y residenciales privadas en Miami Beach. La mayoría de las actividades de producción que se realizan en propiedades comerciales privadas (como hoteles, restaurantes, tiendas y clubes nocturnos) no requieren permiso. Se puede solicitar un permiso de Filmación e Impresión para producciones que filmen o tomen fotografías dentro de una propiedad comercial privada con el fin de alquilar parquímetros para el estacionamiento de vehículos de producción y equipos, o para filmar, para el uso de policías o bomberos fuera de servicio para trabajos de acrobacias o pirotecnia que requieran la desactivación temporal de detectores de humo y alarmas contra incendios, o para aprovechar las tarifas especiales de estacionamiento para el equipo de la ciudad.

    Otro caso en el que la producción puede solicitar un permiso de Filmación e Impresión para filmar en una propiedad comercial privada es cuando la propiedad aún no cuenta con un Certificado de Ocupación o cuando es necesario construir sets temporales en su interior que no cumplen con las normas de construcción. En estos casos, el permiso deberá estar disponible para su inspección en el lugar donde se realizará la producción. Las áreas de cafetería concesionadas en propiedad pública requerirán la aprobación de la empresa privada y un permiso de Filmación e Impresión.

    Las producciones que incluyan camarógrafos individuales que utilicen una cámara de cine o video, ya sea cámara en mano o con trípode, sin asistentes, equipo ni modelos, y que no declaren el uso exclusivo de la propiedad municipal, están exentas de obtener un Permiso de Filmación e Impresión. Los equipos de noticias con la exención de "noticias de última hora" no necesitan un Permiso de Filmación e Impresión cuando la cobertura de noticias de última hora no les da tiempo para solicitarlo. Las producciones, incluso las de noticias, requieren un Permiso de Filmación de acuerdo con los plazos establecidos por el Permiso de Filmación e Impresión.

    Las producciones ubicadas completamente en propiedades comerciales privadas no necesitan obtener un permiso del Ayuntamiento, ya que la actividad que se realiza en ellas es un acuerdo privado entre el propietario o la administración de la propiedad y la producción. En tales circunstancias, no estarán autorizadas a solicitar plazas de aparcamiento con parquímetro ni plazas de garaje reservadas.

    La ciudad tiene los siguientes requisitos mínimos para todas las solicitudes de películas e impresiones:

    Certificado de seguro válido por un mínimo de un millón de dólares estadounidenses (o equivalente en otra moneda) en cobertura de responsabilidad civil general, nombrando a la Ciudad de Miami Beach, 1700 Convention Center Drive, Miami Beach, FL 33139 como asegurado adicional y titular del certificado.

    Acuerdo de indemnización completado que haya sido firmado y sellado (sello notarial o sello corporativo), Haga clic aquí para descargar el formulario del Acuerdo de Indemnización

    Solicitudes Debe recibirse al menos tres (3) días hábiles antes del inicio de la producción para solicitudes a nivel de ciudad, cinco (5) días hábiles antes del inicio de la producción en distritos comerciales y diez (10) días hábiles antes del inicio de la producción en zonas residenciales de Miami Beach, a menos que la naturaleza de la solicitud requiera tiempo adicional. Se pueden atender solicitudes urgentes, pero todos los elementos a entregar son los mismos.

    Ubicaciones para permisos de filmación e impresión Los permisos se reservan por orden de llegada, independientemente del tamaño o alcance de la producción. Tenga en cuenta que cuanto más compleja sea la producción, más tiempo se requerirá para obtener el permiso. Los cierres de carreteras y el uso de viviendas demoran aproximadamente dos semanas o 14 días hábiles. Las solicitudes para toda la ciudad, dirigidas a quienes solicitan por primera vez, demoran aproximadamente tres (3) días en promedio, dependiendo del tiempo que tarde el solicitante en presentar la documentación. Por favor, conceda a su equipo al menos dos (2) días hábiles para contratar a un agente de policía (más en horas punta) y al menos tres (3) días hábiles para reservar los parquímetros.

    Acrobacias y explosiones Requiere coordinación con otros departamentos y demora un mínimo de una semana (7 días hábiles), o más en temporada alta. La Oficina de Cine e Impresión hace todo lo posible por atender todas las solicitudes razonables que no cumplan con los plazos mínimos indicados.

    Toda la Ciudad

    Estos permisos se utilizan principalmente para grabaciones adicionales, monólogos con presentadores, paquetes de noticias y viajes, reality shows y fotografía. Permiten a equipos pequeños de filmación o fotografía de doce (12) personas o menos, con equipos portátiles de fácil y rápido transporte (no se incluyen drones), filmar o rodar en las calles, aceras, playas y parques de Miami Beach sin la presencia de un agente. (Tenga en cuenta que algunos parques tienen tarifas de alquiler fijas para el uso de campos de fútbol o béisbol, atletismo, canchas de tenis o baloncesto, etc.).

    Las producciones que utilicen un permiso municipal no pueden obstruir el tránsito peatonal ni vehicular, ni afectar a negocios privados o concesionarios sin permiso previo. El equipo permitido incluye cámara, trípode, reflectores y luces de batería. No se permiten generadores, equipos de agarre ni cableado con un permiso municipal, ya que estos elementos requieren la presencia de un agente fuera de servicio.

    No se permiten fotos con drones, ni fotos de conducción, ni el uso de un vehículo de fotografía. Los permisos municipales se pueden solicitar por un máximo de un (1) mes (30 días) cada vez, siempre que el seguro y la indemnización estén al día. Los permisos municipales para fotografía y para equipos de inglés (video) tienen las siguientes diferencias:


    Ampliación de la ciudad (SOLO fotografía)

    Se otorgan permisos extendidos para toda la ciudad para producciones fotográficas con equipos de más de 12 miembros. En esos casos, la producción debe contratar a un oficial fuera de servicio. Los equipos de fotografía generalmente necesitan flexibilidad para trasladarse de ubicación y, por lo general, tienen menos impacto que los equipos de inglés, incluso si cuentan con más personal.

    Se pueden gestionar los permisos de estacionamiento para vehículos recreativos en parquímetros y en la playa (con escolta policial y pases de acceso a la playa) para fotografías en toda la ciudad a través de la Oficina de Cine e Impresión y con la coordinación del Departamento de Estacionamiento. Por lo general, los equipos de ENG (video) con permisos de toda la ciudad no requieren estacionamiento reservado, excepto cuando utilizan un camión satélite.

    Los equipos de ENG de más de 12 personas necesitarán un oficial y, generalmente, necesitarán un permiso específico de ubicación que puede requerir notificación a las empresas afectadas, adaptaciones para estacionamiento de producción u otra coordinación adicional, y ya no estaría dentro de los límites de un permiso de toda la ciudad.


    Filmación en un sitio específico

    Si la producción requiere el apoyo de otros departamentos de servicios de la ciudad, se requieren documentos de respaldo adicionales, incluidos los siguientes para procesar su solicitud:

    • Descripción detallada de las actividades y accesos para cada ubicación solicitada.
    • Un diagrama o plano del sitio de las áreas específicas solicitadas, indicando cualquier accesorio grande, construcción del set o ubicación de carpa de apoyo, generador, cableado, restricciones de derecho de paso, etc.
    • Un cronograma detallado que incluye los tiempos de entrada y salida.
    • Solicitudes de acceso a la playa para vehículos (si corresponde)
    • Para la operación de drones, consulte nuestros requisitos de permiso de filmación e impresión de UAS/drones y el formulario de solicitud de filmación de UAS de la FAA.

    Se requerirá escolta de PD para todos los permisos específicos del sitio, incluya las solicitudes de personal en su solicitud.

    En caso de corresponder, el estacionamiento deberá reservarse con un mínimo de 48 horas antes del inicio de la producción.

    La notificación y la autorización a las empresas afectadas deben completarse con un mínimo de 24 horas de antelación al inicio de la producción. En caso de que la producción tenga una gran repercusión, se deberá contactar con las asociaciones pertinentes con un mínimo de 7 días de antelación al rodaje. 

    Para el uso del generador, proporcione:

    • Especificación de la marca, modelo y potencia del generador que se utilizará, el tipo y la cantidad de combustible en el set, y la ubicación del almacenamiento de combustible adicional, incluyendo la distancia al generador. Tenga en cuenta que se requiere un extintor en el sitio para el uso de cualquier generador aprobado.
    • Vista aérea de la ubicación propuesta del generador y la ruta del cableado (indíquelo en el plano/diagrama de su sitio).
    • Detalles de seguridad (por ejemplo, ¿se mantienen los gases de escape a una distancia segura del público, a una distancia segura de árboles, lugares cerrados y dunas en la playa?) y cómo se protegerán los cables del generador del público para evitar riesgos de peatones o eléctricos. Tenga en cuenta que cualquier cable que cruce una vía pública (vehicular o peatonal) debe cubrirse con cubiertas que cumplan con la ADA.
    • Proporcione información sobre cómo sus planes de producción evitarán que el público acceda al generador (distancia, recorrido de cinta, cercas, etc.)
    • Si coloca el generador sobre tierra, césped o arena o cerca de ellos, incluya detalles sobre cómo se protegerá el suelo contra derrames de combustible.
    • Indique qué alimentará el generador (luces, equipos de cámara, equipos de cocina, etc.)

    Medios de comunicación

    Los periodistas profesionales que recopilan, fotografían, graban o informan sobre "noticias", según la definición de la sección 90.5015 de los Estatutos de Florida, están exentos de obtener un permiso, también conocido como exención de "Noticias de Última Hora". Cualquier material producido que no se incluya en la categoría de "Noticias de Última Hora" e incluya usos que requieran la coordinación municipal, como el acceso de vehículos a zonas autorizadas que requieren autorización previa por escrito (por ejemplo, playas y parques), debe solicitar un permiso de Filmación e Impresión.


    Estudiantes

    Los estudiantes deben cumplir con todos los requisitos de permisos. Deben solicitar el permiso a nombre de su escuela y se les solicitará el seguro de su institución si aún no cuentan con un certificado de seguro vigente. Para vincularlos al seguro de la escuela, deben proporcionar una copia de su identificación estudiantil vigente y una copia de su horario de clases, donde se destaque la clase para la que realizan el proyecto cinematográfico. Las escuelas e instituciones gubernamentales están exentas del requisito del Acuerdo de Indemnización.

    Tras recibir la solicitud de permiso completa o la solicitud por escrito, la Oficina de Cine e Impresión determinará los servicios municipales necesarios. La ciudad determinará la dotación mínima de personal adecuada para las producciones propuestas. Dado que cada solicitud de producción es única, los requisitos pueden variar según el caso. Además, las solicitudes de servicios municipales de cada producción se evaluarán individualmente. A continuación, se presenta una lista general de los servicios que se requieren con frecuencia. La Oficina de Cine e Impresión se reserva el derecho de exigir servicios municipales adicionales o depósitos no mencionados a continuación.

    USO DE LA CENTRAL DE RESCATE OCEÁNICO Y DE LAS PUESTAS DE SOCORRISTA

    Se requiere la aprobación del Jefe de Rescate Oceánico para filmar alrededor de la Sede de Rescate Oceánico a las 10el Street y South Pointe Park. Por lo general, no se permite el uso de puestos de socorristas en servicio por razones de seguridad, salvo contadas excepciones. Los puestos de socorristas pueden usarse como fondo, siempre que la producción no entre en el perímetro de seguridad delimitado por conos alrededor del puesto activo ni obstaculice su visión de ninguna manera. Las actividades acuáticas y las acrobacias requerirán la presencia de socorristas de Miami Beach Ocean Rescue fuera de servicio. Generalmente, si el elenco o el equipo se encuentra en el agua por encima de la rodilla, necesitarán la presencia de un socorrista fuera de servicio.

    DEPÓSITOS DE PRODUCCIÓN

    Para algunas producciones (generalmente las de mayor impacto en áreas verdes o las que se realizan en la misma ubicación durante varios días), se puede requerir un depósito reembolsable para filmar en propiedad pública. El monto del depósito queda a discreción de la Oficina de Cine e Impresión, pero no debe ser inferior a $5000 y debe ser proporcional a los costos potenciales de los Servicios Municipales necesarios para restaurar cualquier daño causado por la Producción. La Producción recibirá una factura por los Servicios Municipales, pero en muchos casos, la Producción puede contratar a su propio proveedor para completar el trabajo de restauración según los Estándares Municipales. El depósito registrado se reembolsará una vez que el trabajo se haya completado y pagado (si lo realiza el Ayuntamiento). El Ayuntamiento retendrá el depósito si la Producción no restaura el área, y la Producción no podrá obtener futuros permisos hasta que se reembolse el trabajo resultante para restaurar el área permitida.

    INCENDIO FUERA DE SERVICIO Y RESCATE CONTRA INCENDIOS

    Cuando una producción solicita el uso de fuego y pirotecnia, o se realizan acrobacias (choques, saltos, caídas) que ponen en peligro la vida o son peligrosas, o cuando una producción necesita desactivar temporalmente los dispositivos de prevención de incendios en alguna instalación, el Departamento de Bomberos debe emitir un Permiso de Incendios. En la mayoría de los casos, el director de acrobacias solicita el Permiso de Incendios y será un permiso complementario al Permiso de Filmación e Impresión. En la mayoría de los casos, se requerirá la presencia de personal del Departamento de Bomberos de Miami Beach fuera de servicio. El Departamento de Bomberos también exigirá una revisión de seguridad cuando los generadores superen el umbral requerido. Se podría aplicar una tarifa administrativa por los servicios de revisión. 

    POLICÍA FUERA DE SERVICIO

    Se requiere policías fuera de servicio en cualquier producción cinematográfica o impresa si el número total de personas en la producción es superior a doce, o para cualquier producción en la que la Oficina de Cine e Impresión o el Departamento de Policía de Miami Beach consideren que la actividad propuesta presenta un peligro potencial o inconveniente para el público en general, como espectáculos del tipo "Cámara Indiscreta" que involucran al público, o el uso de una celebridad reconocible que pueda causar una multitud o preocupaciones de seguridad. Los accesorios de gran tamaño también pueden ser un peligro para el público en general. Se requieren oficiales de policía fuera de servicio para todos los usos de Acceso Autorizado, para cualquier reducción o cierre de calles y carriles o cualquier actividad que pueda confundirse con un peligro público, incluyendo trabajo de acrobacias, peleas simuladas, disparos simulados, uso de cualquier arma de utilería o actores en un uniforme o vehículo policial de utilería. También se requiere un oficial cuando se utiliza cualquier equipo de agarre o dron, incluso si el tamaño del equipo es inferior a doce.

    El Coordinador de Filmación de Policía Fuera de Servicio determina el número mínimo de policías fuera de servicio necesarios para la filmación propuesta y es responsable de la facturación y el cobro de todos los cargos relacionados. Los Coordinadores de Filmación de Policía Fuera de Servicio se utilizan en rodajes más grandes o de mayor impacto. Las solicitudes de personal se realizan al Coordinador de Filmación de Policía Fuera de Servicio o a la Oficina de Filmación Fuera de Servicio tras solicitar el Permiso de Filmación e Impresión. La Oficina de Filmación e Impresión proporciona toda la información de contacto y la orientación necesarias una vez presentada la solicitud. Las solicitudes de policía fuera de servicio deben recibirse con al menos dos días hábiles de antelación a la fecha de producción (más en horas punta) para garantizar que se puedan atender.

    Se requerirán agentes fuera de servicio para la mayoría de las filmaciones en barrios residenciales, como se describe en la sección "Filmaciones en Barrios Residenciales" de este reglamento. Las producciones residenciales de bajo impacto, según se definen en este documento, pueden estar exentas de la necesidad de contar con un agente fuera de servicio.

    La primera prioridad de la policía fuera de servicio será abordar las actividades relacionadas con la seguridad pública, así como satisfacer las necesidades de seguridad relacionadas con la producción.

    Los oficiales fuera de servicio que trabajan en una producción tienen la facultad de garantizar que los planos del sitio, los planes de tráfico y/o el permiso de Filmación e Impresión preaprobados se cumplan según lo especificado en el permiso. Los oficiales pueden determinar modificaciones al permiso in situ cuando la seguridad pública sea un problema, y la Oficina de Filmación e Impresión debe ser notificada de inmediato. Cualquier otro cambio realizado al permiso emitido in situ debe comunicarse directamente con la Oficina de Filmación e Impresión, quienes están disponibles por teléfono o correo electrónico fuera del horario laboral.

    Se alienta a los titulares de permisos a revelar disputas previsibles sobre gestión laboral y otros asuntos controvertidos relacionados con su proyecto que puedan afectar la capacidad de la Ciudad de proporcionar servicios policiales.

    Las solicitudes de policía fuera de servicio deben recibirse en la Oficina de Policía Fuera de Servicio con al menos dos días hábiles de antelación a la fecha del servicio solicitado. La Oficina de Policía Fuera de Servicio podrá conceder excepciones a su discreción.

    Toda solicitud de fuera de servicio aprobada que sea cancelada por la Producción con un mínimo de veinticuatro (24) horas de anticipación será reembolsada íntegramente. Las cancelaciones realizadas con menos de 24 horas de anticipación a la llegada del agente resultarán en que la Producción sea responsable del mínimo de cuatro (4) horas por cada agente fuera de servicio programado, más los cargos administrativos correspondientes.

    En el caso de eventos especiales que ya cuentan con personal y desean añadir un componente de filmación, fotografía, drones, etc., el coordinador de filmación fuera de servicio revisará y asignará personal de forma independiente para garantizar el cumplimiento de las políticas y procedimientos. Las solicitudes de personal fuera de servicio deben incluir los horarios de carga, producción y descarga. 

    DEPARTAMENTO DE SANEAMIENTO

    La Oficina de Cine e Impresión se pondrá en contacto con el Departamento de Saneamiento cuando sea necesario reubicar o retirar contenedores de basura o cuando la actividad de producción propuesta interfiera con la recolección regular de basura. Tenga en cuenta que cualquier producción que arroje residuos ilegalmente será multada. Además, a cualquier producción que deje escombros o basura en cualquier lugar de producción se le facturará el tiempo, la mano de obra y el equipo utilizado por el Departamento de Saneamiento para limpiar el área. La producción debe llevarse toda la basura al terminar el rodaje cada día.

    Como parte del Plan de Saneamiento de Estructuras Temporales se incluirá lo siguiente:

    La producción será responsable de retirar toda la basura, así como de los desechos y residuos generados por su operación. Toda la basura, los desechos y los residuos se retirarán de la propiedad municipal para su correcta eliminación, a su cargo. La municipalidad cobrará los costos de la limpieza especial necesaria si el solicitante no cumple con los requisitos razonables.

    Cualquier depósito de seguridad recaudado se retendrá para cubrir los costos de reparación de daños a diversas instalaciones públicas, como edificios municipales, puentes, monumentos, fuentes ornamentales, piscinas, paseos playeros, parques, puestos de salvavidas, estacionamientos y garajes. Si se emite un permiso para realizar actividades en propiedad pública y se producen daños, el Departamento de Administración de Instalaciones ayudará a cuantificar los daños. Posteriormente, supervisará la programación y gestión de las reparaciones necesarias a través de proveedores aprobados por la ciudad.

    Las producciones que soliciten un permiso de filmación e impresión para rodar en la playa se someterán a una revisión para determinar si son necesarios servicios de tamizado de arena antes y después de la descarga del equipo. Deben presentar a la Oficina de Filmación un comprobante de la confirmación del tamizado de arena al menos cinco (5) días antes de la fecha programada de rodaje. Esto garantiza que la playa se mantenga limpia y presentable antes y después de las actividades de rodaje.

    USO DEL CENTRO DE CONVENCIONES Y TEATROS DE LA CIUDAD Y OTROS ESPACIOS DE ALQUILER

    No se requiere un permiso de Film & Print si la producción alquila directamente el espacio cerrado y administrado. La producción solo necesitará un permiso si tiene elementos al aire libre en propiedad pública, si el alquiler se realiza en un parque municipal o si la producción...Es necesario asegurar parquímetros para estacionamiento de producción o fotografía.

    CAMPOS DE GOLF / CENTROS DE TENIS

    Todos los solicitantes de permisos deben contactar a la administración de estas instalaciones para obtener la aprobación y/o pagar las tarifas correspondientes por su uso antes de la emisión de cualquier permiso. Los campos de golf y los centros de tenis no están incluidos en el permiso municipal y no se consideran parques municipales a efectos de permisos. El alquiler de campos de golf y centros de tenis queda a discreción de la instalación, que evaluará posibles conflictos con sus operaciones.

    APARCAMIENTO

    Las producciones que operan más allá de un permiso municipal pueden requerir estacionamiento reservado para acercar el equipo esencial lo más posible al set por razones logísticas. Es necesario un plan de estacionamiento completo y exitoso antes de que se emitan la mayoría de los permisos, ya que los vehículos de producción deben tener un lugar donde "estar" durante el rodaje. Los parquímetros municipales pueden reservarse para vehículos de producción y rodaje, o despejarse para rodaje (cuando se necesita espacio para una escena). Los vehículos del equipo y personales no pueden estacionarse en los parquímetros reservados. Los vehículos personales pueden estacionarse en garajes privados, espacios con parquímetro no reservados (con el parquímetro pagado) o en espacios de estacionamiento prepagados para el equipo en la mayoría de los garajes propiedad de Miami Beach, con una tarifa de producción establecida, mediante un Permiso de Filmación e Impresión y previo acuerdo con el Departamento de Estacionamiento.

    Antes de enviar una solicitud de reserva de parquímetros, se recomienda a las producciones que revisen los planes de estacionamiento de producción con la Oficina de Cine e Impresión para recibir sugerencias sobre dónde estacionar, ya que puede ser complicado durante la temporada alta. Todo estacionamiento reservado para producción, incluido el estacionamiento para el equipo en los garajes propiedad de la Ciudad, debe realizarse como parte de un permiso de Cine e Impresión, incluso si la producción solo filma en propiedad comercial privada. Todas las solicitudes de estacionamiento de producción requieren la aprobación de la Oficina de Cine antes de que el Departamento de Estacionamiento pueda procesarlas. Las solicitudes de parquímetros deben presentarse al Departamento de Estacionamiento con al menos 48 horas de anticipación para dar tiempo a que se procese y pague la orden, se instalen las señales de "No Estacionar" y también para permitir... 12 horas Hay un período de gracia mínimo para que los vehículos estacionados salgan de los espacios reservados sin infringir las normas. Cualquier vehículo de producción o del equipo que no esté estacionado legalmente estará sujeto a infracciones de tránsito y estacionamiento, incluyendo el remolque, según corresponda, al igual que cualquier otro vehículo no asociado a la producción. Un Permiso de Filmación e Impresión no permite el estacionamiento ilegal.

    Al solicitar parquímetros junto o frente a un negocio o residencia, las Producciones deben notificar al negocio o residencia mediante el Formulario de Notificación disponible en línea en Formularios, Guías y Recursos - Ciudad de Miami Beach (miamibeachfl.gov). Se debe enviar una copia del Formulario de Notificación completo y una lista de todos los negocios y residentes notificados a la Oficina de Cine e Impresión antes de que se apruebe cualquier solicitud de parquímetro. La Producción debe notificar con al menos 48 horas de anticipación para dar el aviso correspondiente. Se recomienda a las Producciones que estacionen los camiones grandes junto a garajes, estacionamientos o locales vacíos siempre que sea posible, para minimizar las molestias a los negocios y la disponibilidad de estacionamiento para el público.

    PARQUES E INSTALACIONES RECREATIVAS

    Se debe contactar al Departamento de Parques y Recreación cuando el solicitante solicite el alquiler o la reserva de una instalación del parque, como anfiteatros, canchas de baloncesto, balonmano y tenis, campos de béisbol, fútbol americano y fútbol soccer, piscinas, etc. La aprobación o el pago de todas las tarifas de alquiler aplicables deben realizarse antes de la emisión del permiso de Filmación e Impresión. La Oficina de Filmación e Impresión puede dirigirlo a la persona adecuada para la aprobación o el alquiler. Se deben cumplir todas las normas del parque, incluyendo no fumar, no se permiten globos, no se permite el alcohol, etc.

    Pases de acceso para vehículos autorizados

    Política de acceso a vehículos Si, por razones logísticas, es necesario ubicar vehículos de producción en la playa, parques u otras áreas de acceso exclusivo, se puede presentar una solicitud a la Oficina de Cine e Impresión. Solo se permitirá el acceso a los vehículos de producción que se consideren necesarios, siempre que todos los vehículos que entren y salgan de la playa o parque tengan a la vista un Pase de Acceso para Vehículos y estén acompañados por un oficial fuera de servicio en todo momento. Los vehículos deben circular con la radio apagada, las ventanillas del conductor y del pasajero bajadas y no superar los cinco (5) kilómetros por hora con las luces encendidas. Los vehículos deben estacionarse en el área preaprobada por la Oficina de Cine e Impresión, indicada en los pases emitidos, y no deben bloquear el carril de acceso de emergencia en la arena compacta de la playa, al este y al oeste de las dunas, en ningún momento. Todas las restricciones se encuentran en el reverso del pase. La ciudad está muy comprometida con la seguridad pública y es sensible a la circulación de vehículos en áreas peatonales. Si el área solicitada cuenta con un concesionario, se necesitará la aprobación firmada por este para estacionarse en ella.

    Los Pases de Acceso para Vehículos tienen una tarifa que se ajusta anualmente según sea necesario según el IPC (el primer pase diario se ofrece sin costo como incentivo de producción). La compra máxima de diez (10) Pases de Acceso para Vehículos requiere una escolta fuera de servicio, a cargo de la producción, durante su uso. Cualquier cantidad que exceda el máximo se revisará y aprobará caso por caso, considerando la escala de la producción y su impacto en los recursos de la ciudad. Los Pases de Acceso para Vehículos se emiten una vez que se confirma un oficial fuera de servicio. Como otro incentivo de producción, durante la temporada baja, desde Del 1 de junio al 30 de septiembreEl primer Pase de Acceso a la Playa para Vehículos es gratuito y cada pase adicional se cobra a mitad de precio. El requisito para fuera de servicio se mantiene.

    • Las producciones que proporcionen a la Oficina de Cine la verificación de las noches de habitación en hoteles de Miami Beach (a través de un manifiesto o una carta de la propiedad) pueden recibir acceso a la playa para vehículos de forma gratuita con cualquier pase adicional emitido a la tarifa reducida, según los siguientes requisitos:
      • Cinco (5) pases gratuitos para no menos de 50 noches de hotel en Miami Beach.
      • Diez (10) pases gratuitos para no menos de 100 noches de hotel en Miami Beach.
      • Veinte (20) pases gratuitos para no menos de 200 noches de hotel en Miami Beach.

    A continuación, se detallan las restricciones del Pase de Playa para Vehículos, que se encuentran en el reverso de cada pase emitido, para su referencia. Asegúrese de que cada conductor revise las restricciones antes de ingresar al área exclusiva para vehículos autorizados.

    • Todos los vehículos que operen en la playa, parque u otra área de uso autorizado deberán seguir los procedimientos que se enumeran a continuación:
    • Se deberá tener el debido cuidado y precaución en todo momento al conducir cualquier vehículo en la playa, parque u otra área de uso autorizada.
    • Todos los vehículos en la playa, parque u otra área de uso autorizado deberán ingresar y salir del área por el punto de acceso autorizado más cercano al llamado.
    • Antes de ingresar a la playa, parque u otra área de uso autorizado, se encenderán las luces delanteras del vehículo y las luces intermitentes superiores (si están equipadas) o las luces de emergencia.
    • Los conductores deben apagar las radios y bajar las ventanillas delanteras del lado del pasajero y del conductor de su vehículo mientras conducen un vehículo en la playa, el parque u otra área de uso autorizada.
    • La velocidad máxima permitida en la playa, parque u otra área de uso autorizado es de cinco (5) MPH.
    • Se prohíbe la circulación de vehículos, SUV y camiones en la arena suave donde existe arena dura.
    • Los vehículos, SUV y camiones permanecerán Oeste de los botes de basura en el arena compacta en todo momento.
    • No conduzca sobre colinas o bermas (dunas) ni cerca de objetos que puedan obstruir su visión.
    • Como medida de precaución y de conocimiento de la situación para su seguridad, si se detiene y sale de su vehículo, camine completamente alrededor del mismo antes de volver a ingresar y moverlo.
    • Los conos de tráfico (naranja, 18" de alto) deben colocarse en la parte delantera y trasera de los vehículos cuando estén estacionados en la playa, el parque u otra área de uso autorizada.
    • Está prohibido utilizar teléfonos celulares o walkie talkies mientras el vehículo esté en movimiento.
    • Los vehículos personales están prohibidos en la playa, parque u otra área de uso autorizado en cualquier momento.

    Estos procedimientos deben ser cumplidos en todo momento por cualquier persona que opere un vehículo en la playa, parque u otra área de uso autorizado. El incumplimiento de estos procedimientos puede resultar en la revocación inmediata del pase de acceso vehicular y del permiso de Filmación e Impresión, y la suspensión de la producción.

    La Ciudad de Miami Beach tiene jurisdicción sobre toda filmación aérea que se realice desde el nivel del suelo hasta 305 metros de altura. Esto incluye vías fluviales, puentes, playas y cualquier otra área dentro de los límites de la ciudad. Se requiere una carta de autorización del Administrador Municipal para cualquier aterrizaje de helicópteros en Miami Beach antes de la emisión del permiso de Filmación e Impresión. Se debe presentar un paquete de solicitud completo a más tardar cuatro días hábiles antes de la fecha de producción. Como parte de una solicitud de helicóptero pilotado/vuelo a baja altura para filmación aérea sobre la Ciudad de Miami Beach y por debajo de 305 metros, una producción debe solicitar un permiso de Filmación e Impresión y presentar lo siguiente: licencia y seguro del piloto, y la exención de vuelo a baja altura de la FAA del piloto.

    Para las solicitudes de drones, también conocidos como sistemas aéreos no tripulados (UAS), para filmaciones aéreas sobre la ciudad de Miami Beach (en las que la filmación se realiza por debajo de los 1000 pies utilizando un UAS que pesa 55 libras o menos), la producción debe cumplir con todos los requisitos de la regla UAS de la FAA (actualmente Parte 107, pero puede ser modificada por la FAA) y debe obtener un permiso de filmación e impresión para "Miami Beach Aerials", que detalla la fecha, hora, ubicación y patrón de vuelo propuestos. Para obtener este permiso, la producción debe presentar lo siguiente:

    • Comprobante de seguro de la empresa operadora/propietario del UAS.
    • Comprobante de licencia de piloto o certificación de aviador con calificación de UAS pequeño o certificado de piloto remoto (según los requisitos de la FAA) para que el piloto o el supervisor del piloto esté en el sitio.
    • Registro de UAS aprobado por la FAA (14 CFR parte 47 o parte 48) y documentación aprobada por la FAA que detalla el peso y la condición para la operación segura de la aeronave que se utilizará para las actividades solicitadas.
    • Las solicitudes de permisos de filmación e impresión para “Miami Beach Aerials” que utilicen un UAS están sujetas a las siguientes restricciones de la FAA:
    • La operación de vuelo de UAS debe realizarse únicamente durante las horas del día, definidas como desde 30 minutos después del amanecer hasta 30 minutos antes del atardecer.
    • La operación de vuelo del UAS debe mantenerse a menos de 400 pies sobre el nivel del suelo.
    • La velocidad de vuelo del UAS debe permanecer por debajo de 87 nudos (100 mph).
    • El operador del UAS debe mantener una línea visual con la aeronave sin ayuda (excepto con lentes correctivas) en todo momento; y
    • La operación de UAS está prohibida sobre el público en general en todo momento y debe realizarse solo dentro de un área contenida y poblada únicamente por el elenco y el equipo de producción, y la producción indemnizará completamente a la Ciudad de Miami Beach por dicho uso.

    Las solicitudes de UAS no forman parte de los permisos de Cine e Impresión de toda la Ciudad, y las producciones deberán obtener al menos una dotación de personal de la Policía de Miami Beach o de Rescate Oceánico fuera de servicio, según el plano del sitio y el uso. El número de agentes necesarios depende del nivel de control peatonal y vehicular solicitado y aprobado.

    Los espectáculos con drones tienen los mismos requisitos que las filmaciones con drones, pero con un período de revisión más largo. 45 días Dado que se trata de un permiso complementario a un Permiso para Eventos Especiales (máster), los espectáculos con drones también requerirán personal de policía independiente y pases de acceso vehicular a la playa.

    El Administrador Municipal podrá aprobar el cierre temporal de ciertas aceras, carriles o calles de la Ciudad de Miami Beach para restringir o prohibir el tránsito vehicular o peatonal antes, durante o después de una Producción. Dependiendo de la ubicación de la Producción y los cierres asociados, se podrán requerir aprobaciones adicionales del Departamento de Transporte y Obras Públicas del Condado de Miami-Dade (DTPW) o del Departamento de Transporte del Estado de Florida (FDOT), según corresponda, dependiendo de la agencia con jurisdicción sobre la vía. Independientemente de la agencia con jurisdicción sobre la vía, el Director del Departamento de Transporte y Movilidad, el Director del Departamento de Obras Públicas y el Jefe de Policía de la Ciudad aprobarán cualquier cierre de acera, carril o calle en la Ciudad, con la aprobación final sujeta a la discreción del Administrador Municipal.

    Debido a que el permiso debe coordinarse con varios departamentos, las solicitudes de permisos para el cierre de calles o carriles deben presentarse con al menos dos semanas de anticipación a la fecha de producción. Si se requieren aprobaciones de una agencia externa, las solicitudes deben presentarse con al menos tres semanas de anticipación. Además de presentar un plan para la inspección técnica de vehículos (MOT), la producción debe realizar una encuesta a los negocios y residentes directamente afectados mediante el Formulario de Encuesta de Firmas, disponible en línea en Formularios, Guías y Recursos - Ciudad de Miami Beach (miamibeachfl.gov), y obtener la aprobación de al menos 75% de las propiedades directamente afectadas colindantes con el cierre. Según la ubicación y el uso, la Oficina de Cine e Impresión identificará qué propiedades, si las hubiera, deben recibir una notificación adicional. La producción debe presentar todos los Formularios de Encuesta de Firmas recopilados, junto con un mapa de aprobaciones y objeciones (puede usar Google Earth o dibujar a mano) dentro del área afectada. Todos los parquímetros dentro del cierre deben ser reservados por la producción a través del Departamento de Estacionamiento de Miami Beach.

    La señalización dirigida al elenco y al equipo técnico, o a cualquier otro elemento de producción, solo se permite para usos específicos de Cine e Impresión y debe retirarse inmediatamente después de finalizar la actividad permitida. Cualquier costo en que incurra la Ciudad por la retirada y eliminación de la señalización abandonada se enviará al titular del permiso y deberá abonarse antes de que se puedan emitir nuevos permisos.

    Todas las producciones que requieran cualquier control de tráfico vehicular o peatonal durante las tomas deben solicitar la aprobación de la Oficina de Cine e Impresión mediante el proceso de permisos. El control de tráfico, tanto peatonal como vehicular, deberá ser coordinado únicamente por agentes fuera de servicio, de acuerdo con el permiso, ya que solo estos agentes pueden controlar el tráfico (a diferencia del equipo de producción o la seguridad privada). El número de agentes fuera de servicio necesarios depende del control de tráfico solicitado.

    Se solicitará a las producciones que obtengan la aprobación de la firma de cualquier negocio o residencia directamente afectada por el control de tráfico, la cual se presentará a la Oficina de Cine e Impresión como parte del proceso de permisos. Las producciones que necesiten tomas de conducción pueden incluirla en su solicitud de ubicación en la solicitud de permiso de Cine e Impresión. Las tomas de conducción que requieran un remolque de proceso, un brazo ruso, tomas de coche a coche, montajes de coches y/o cualquier control de tráfico, requieren una escolta policial fuera de servicio o una burbuja de tráfico coordinada, con oficiales fuera de servicio al frente y atrás de la procesión. Cada solicitud de toma de conducción se evalúa para determinar los niveles de personal y la seguridad. La producción también debe asegurar un área segura para detenerse y volver a montar y escenificar. Esto podría hacerse mediante el alquiler de un parquímetro o utilizando lotes privados mediante un acuerdo privado. Cada carretera tiene restricciones específicas y puede requerir permisos adicionales de acuerdo con la ley del condado o estatal. El uso de carreteras estatales también requiere un permiso del Departamento de Transporte de Florida. 

    El único uso comercial permitido en propiedades residenciales en Miami Beach es para filmación o impresión (incluyendo tomas aéreas con drones) mediante un permiso de Filmación e Impresión. Los permisos para propiedades residenciales privadas se emiten en Miami Beach con el fin de mantener la calidad de vida de los residentes y, al mismo tiempo, permitir que la industria cinematográfica utilice todas las ubicaciones que necesita para su éxito. Se requieren permisos de Filmación e Impresión para todo tipo de propiedades residenciales en Miami Beach, incluyendo viviendas unifamiliares, condominios/apartamentos multiresidenciales y áreas comunes dentro de edificios de condominios/apartamentos, como el vestíbulo o la piscina, según el Código de la Ciudad.

    Los usos de producción de una propiedad residencial que requieren permiso incluyen la filmación o toma de imágenes fijas, el estacionamiento, la decoración y preparación del set, el servicio de catering y el alojamiento de extras, y todas las operaciones de carga y descarga. Las producciones que opten por realizar estas actividades en una propiedad residencial o en una calle residencial sin un permiso de Filmación e Impresión estarán sujetas a una multa por infracción del código de zonificación (una citación) que se emitirá a la productora o al propietario. A continuación, se detallan los requisitos logísticos estándar para producciones de todos los tamaños que solicitan un permiso de Filmación e Impresión en ubicaciones residenciales. No hay dos producciones iguales y la Oficina de Filmación e Impresión puede exigir que las producciones cumplan con requisitos adicionales según la naturaleza y el alcance de cada producción.

    Las producciones que solo requieren la notificación a los vecinos pueden hacerlo hasta 48 horas antes de la fecha de inicio. Si la producción necesita recolectar firmas de vecinos, se recomienda encarecidamente usar el formulario de encuesta de firmas para comenzar a obtenerlas con al menos una semana de anticipación, ya que este proceso puede tardar algunos días y debe completarse y entregarse en la Oficina de Cine e Impresión con al menos 48 horas de anticipación. Tanto el formulario de notificación como el de encuesta de firmas se pueden encontrar en línea en Formularios, Guías y Recursos - Ciudad de Miami Beach (miamibeachfl.gov). Complete y utilice los formularios proporcionados por la ciudad, no el suyo propio. Todos los formularios deben ser revisados por la Oficina de Cine e Impresión antes de su distribución o de la recolección de firmas. Consulte a continuación para ver qué nivel de permisos necesitará.

    Todo residente de la Ciudad de Miami Beach que desee realizar una producción autorizada en una vivienda unifamiliar, condominio o apartamento a cargo de un tercero (por ejemplo, una productora, una empresa de servicios de locación, etc.) debe firmar una declaración jurada del propietario, disponible en el sitio web de la Ciudad, en la que declara haber leído y comprendido las Directrices de Cine e Impresión, especialmente en lo que respecta a la producción residencial; se compromete a cumplir con las Directrices de Cine e Impresión de la Ciudad y el Código de la Ciudad; y también declara que la residencia no se utilizará intencionalmente para otros fines comerciales ni para alquileres a corto plazo, según lo define el Código de la Ciudad. Dichas declaraciones juradas solo pueden ser firmadas por el propietario de la propiedad o su representante legal autorizado. 

    DECLARACIÓN JURADA DEL PROPIETARIO DE VIVIENDA PARA USO:

    La producción debe recopilar y presentar las declaraciones juradas de los propietarios durante el proceso de permisos. La producción debe presentar una declaración jurada firmada que incluya el número de contacto y el correo electrónico del propietario de todas las viviendas que se utilicen para el rodaje, incluidas las entradas alquiladas adicionales para el estacionamiento adicional de la producción o las viviendas utilizadas para el servicio de catering y el alojamiento de extras.

    Estas casas se denominan Casas de Apoyo, a diferencia de las Casas de Cine, que son donde se lleva a cabo la filmación o el rodaje de copias. Tanto las casas de cine como las de apoyo deben incluirse en el Formulario de Notificación o el Formulario de Encuesta de Firmas que se distribuye y también en la solicitud del Permiso de Filmación e Impresión, ya que ambas estarán permitidas. Haga clic aquí para descargar el formulario de declaración jurada del propietario.

    TIPOS DE USOS DE PRODUCCIÓN RESIDENCIAL:

    El uso de Producción Residencial de Bajo Impacto se define como un equipo pequeño (doce personas o menos en total) con equipo mínimo (que debe ser fácil y rápido de transportar) para filmar o tomar fotos íntegramente dentro de una propiedad unifamiliar o multirresidencial en Miami Beach, dentro del horario estándar de Filmación Residencial que se describe a continuación. El equipo permitido incluye cámara, trípode, reflectores y luces de batería. No se permiten generadores ni equipos de agarre. Se permite una casa rodante y hasta dos (2) camionetas, que deben caber dentro de la propiedad privada permitida, pero no se permiten otros vehículos comerciales, como camiones de agarre o de iluminación. No se permite el uso de la calle o zanja para estacionamiento u otros fines de producción. Se puede notificar con hasta 48 horas de anticipación y no se requiere un oficial.

    El uso estándar de producción residencial se define como cualquier producción que requiera más de doce personas en total, el uso de generadores, equipos de agarre o vehículos comerciales, además de una autocaravana, o el uso de casas de apoyo, dentro del horario estándar de filmación residencial que se detalla a continuación. No se permite el uso de la calle ni la cuneta para estacionamiento ni para otros fines de producción. Se debe notificar con al menos 48 horas de anticipación y se debe contratar a un agente.

    Si una producción necesita ir más allá de lo permitido para una producción residencial estándar, como filmar más allá del horario de filmación residencial, tener acrobacias, pirotecnia, disparos simulados u otros efectos especiales, o necesitar el cierre de una carretera, reducción de carril o control de tráfico, entonces la producción deberá obtener la aprobación directa de los vecinos afectados mediante el formulario de encuesta de firmas, como se describe a continuación.

    REQUISITOS DEL FORMULARIO DE NOTIFICACIÓN:

    Se requiere notificación a los vecindarios afectados para usos de producción residencial durante las horas de filmación residencial, definidas como De 7:00 a 22:00 horas entre semana y de 8:00 a 22:00 horas fines de semana y festivos. *NOTA: Los tiempos se indican desde el inicio de la carga hasta el final de la descarga para todas las actividades de producción (luces delanteras y traseras apagadas). La notificación obligatoria al vecindario afectado debe realizarse con al menos 48 horas de antelación al inicio de cualquier uso de producción residencial, incluyendo la llegada de cualquier vehículo o personal de producción al sitio para el Uso Residencial Estándar de Películas e Impresión, y con al menos 24 horas de antelación al inicio de cualquier uso de producción residencial o la llegada de cualquier vehículo o personal de producción al sitio para el Uso Residencial de Películas e Impresión de Bajo Impacto.

    Se deben distribuir formularios de notificación a todas las zonas afectadas de un vecindario. A efectos de la normativa, la Oficina de Cine e Impresión determinará el vecindario afectado. Para el uso residencial estándar de cine e impresión, se debe notificar a los residentes que se encuentren a una distancia mínima de 60 metros de cualquier actividad de producción, incluyendo la Casa de Apoyo. Para el uso residencial de cine e impresión de bajo impacto, se debe notificar a todos los residentes colindantes. Algunas ubicaciones podrían requerir áreas de notificación adicionales.

    Para las actividades de producción en una unidad multifamiliar, se requerirá la aprobación firmada del propietario, el administrador o la asociación de propietarios, según corresponda, mediante el Formulario de Inspección de Firmas. La administración del edificio será responsable de notificar a sus residentes por correo electrónico o mediante avisos en las áreas comunes, según lo considere oportuno. Las producciones también pueden optar por notificar directamente a todos los residentes del edificio mediante el Formulario de Notificación, así como a las propiedades circundantes afectadas.

    En ciertos casos, puede requerirse que una Producción obtenga firmas del área afectada durante el horario de producción normal (consulte la sección Formularios de encuesta de firmas de estas pautas).

    Los solicitantes deben proporcionar aviso por todos los medios razonables disponibles, incluidos, entre otros, correo electrónico, fax, entrega en mano, correo postal o cualquier otro servicio de entrega rastreable (por ejemplo, FedEx, UPS, servicio de mensajería o correo certificado).

    Los solicitantes deberán proporcionar documentación de todos los avisos; una lista de direcciones notificadas será suficiente.

    REQUISITOS DEL FORMULARIO DE ENCUESTA DE FIRMA

    La Oficina de Cine e Impresión se reserva la jurisdicción y discreción para emitir o denegar permisos en zonas residenciales, de acuerdo con las leyes y regulaciones aplicables. Para preservar la calidad de vida de los residentes, la Ciudad utiliza Formularios de Encuesta de Firmas para solicitar la aprobación de los vecinos, para aquellos usos de producción que exceden el horario habitual de rodaje residencial, definido como De 7:00 a 22:00 horas entre semana y de 8:00 a 22:00 horas fines de semana y festivoso que tenga algún otro impacto, como se describe a continuación. A diferencia del requisito de Notificación, los vecinos tienen derecho a oponerse al uso de una propiedad residencial para fines de Producción cuando se requieren las firmas de los residentes afectados.

    • Se requerirá la aprobación de la firma de los residentes del vecindario afectado para la actividad de producción residencial entre las 10 p. m. y las 7 a. m. de lunes a viernes y entre las 10 p. m. y las 8 a. m. los fines de semana y feriados. *NOTA: Los horarios indican las luces delanteras encendidas y las traseras apagadas para la actividad de producción.
    • Las solicitudes de producción para propiedades residenciales que forman parte de una Asociación de Propietarios (HOA) deben presentarse a la HOA para su aprobación, antes de obtener los Formularios de Inspección de Firmas necesarios.
    • Solicitudes de producción de propiedades residenciales por uno (1) a diez (10) días consecutivos de actividad de producción dentro de un período de 30 días:
      • La producción debe proporcionar a la Ciudad la aprobación de las firmas de las propiedades colindantes. Algunas ubicaciones podrían requerir áreas adicionales de notificación.
    • Solicitudes de producción de propiedades residenciales que excedan diez (10) días de producción consecutivos, independientemente del tipo de actividad:
      • La producción debe obtener la aprobación de la firma 90% dentro de los 200 pies de la casa de cine y cualquier casa de apoyo que se utilice durante la duración, así como la aprobación de la firma de las propiedades adyacentes antes de presentarse ante la Junta de Revisión Interna.
    • Las solicitudes de producción en exceso para propiedades residenciales de diez (10) días en total de actividad de producción dentro de un período de 30 días deben proporcionar a la Ciudad las aprobaciones de la firma de los residentes afectados de la siguiente manera:
      • Para usos residenciales estándar de películas e impresiones, se debe obtener la aprobación de la firma de los residentes que se encuentren a 200 pies de cualquier actividad de producción y/o estacionamiento de equipos.
      • Para usos residenciales de bajo impacto en películas e impresiones, se requiere la aprobación de todas las propiedades colindantes (cualquier propiedad que comparta el límite de la propiedad con la casa utilizada para la producción). Algunas ubicaciones pueden requerir áreas adicionales de notificación.
    • Solicitudes de producción para propiedades residenciales que excedan diez (10) días totales de actividad de producción dentro de un período de 30 días, o por horas extendidas entre las 10 p.m. y la 1 a.m.:
      • La Producción debe obtener la aprobación de las firmas de 60% de los residentes afectados dentro del radio de 200 pies, así como también la aprobación de las firmas de todas las propiedades adyacentes.
    • Las solicitudes de producción de propiedades residenciales que superen los sesenta (60) días de producción dentro de un período de doce (12) meses requerirán:
      • Revisión adicional por parte de una Junta de Revisión Interna reunida por el Administrador de la Ciudad o su designado (generalmente la Oficina de Cine e Impresión) para revisar la solicitud y establecer las condiciones para la aprobación.
      • Las solicitudes de revisión deben obtener la aprobación de la firma 90% dentro de los 200 pies de la propiedad residencial que alberga la actividad de producción (Picture House), así como la aprobación de la firma de las propiedades adyacentes antes de presentarse ante la Junta de Revisión Interna.
    • Solicitudes de producción de propiedades residenciales para horarios extendidos entre 1am y 7am:
      • Se debe obtener la aprobación de las firmas de 75% de los residentes afectados por parte de la Producción, así como también la aprobación de las firmas de todas las propiedades adyacentes.

    ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN EXCEPCIONALES

    También se requerirá la aprobación de la firma para la producción residencial durante las horas normales de filmación residencial en el caso de actividades de producción excepcionales (por ejemplo, disparos simulados y impactos de bala, efectos de fuego y explosiones controladas, accidentes automovilísticos de acrobacias, filmaciones aéreas, etc.) o producciones de alto impacto (por ejemplo, producciones que requieren cierres de carreteras y control de tráfico, uso de varias casas en la misma área) según lo determine la Oficina de Cine e Impresión en función de una evaluación del impacto en el vecindario circundante y/o cualquier situación en la que las actividades puedan presentar un problema de seguridad pública.

    Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario, en lo que respecta a cualquier propiedad ubicada, total o parcialmente, a menos de 500 pies de un hospital en funcionamiento, no se permitirán más de cinco (5) días de actividad de producción en dicha propiedad en un período de treinta (30) días. A los efectos de lo anterior, la distancia será la distancia más corta entre el límite del terreno de la propiedad y el límite del terreno del hospital, medida con una línea recta. Se considerará que una propiedad está dentro del radio si cualquier parte de su límite del terreno se encuentra a menos de 500 pies de cualquier parte del límite del terreno del hospital.

    Los formularios de encuesta de firmas recopilados deben enviarse a la Oficina de Cine e Impresión antes de que se pueda emitir un permiso, y deben incluir la firma del residente, el nombre impreso y la dirección.

    Para actividades de producción en viviendas unifamiliares, donde se ven afectadas unidades multifamiliares (como dúplex y casas adosadas), se aceptará la aprobación de la firma del propietario, administrador o asociación de propietarios, según corresponda, o se puede obtener de cada propietario o inquilino. La aprobación de la firma de las personas en unidades multifamiliares debe cumplir con los mismos porcentajes mínimos indicados anteriormente.

    Para el uso en producción dentro de una unidad multifamiliar, se requiere la aprobación de firma de todos los propietarios/inquilinos de las unidades afectadas, así como de las propiedades circundantes afectadas en un radio de 200 pies. La aprobación de firma de las personas en unidades multifamiliares debe cumplir con los mismos porcentajes mínimos indicados anteriormente.

    Se debe incluir un mapa del área inspeccionada con las aprobaciones y objeciones anotadas, creado por la productora (utilizando Google Earth o similar, o dibujado a mano), junto con los formularios originales de la encuesta de firmas, al entregarlos electrónicamente a la Oficina de Cine e Impresión antes de que se emita el permiso. Este mapa debe identificar claramente las calles pertinentes por nombre y cuadra (por ejemplo, la cuadra 700), indicar todas las direcciones que requieren firmas y mostrar claramente un plano del sitio para todas las actividades de producción, incluyendo el estacionamiento de equipos esenciales, los cierres de calles o reducciones de carriles, y cualquier plan de catering.

    En las direcciones que requieren la aprobación de firma, el mapa presentado debe indicar: no objeciones, objeciones, propiedades sin respuesta después de tres (3) intentos y vacantes o sitios de construcción por dirección. Después de que la Producción haya realizado al menos tres (3) intentos para inspeccionar una dirección, debe documentar las horas y fechas de los intentos y luego enviar al residente el Formulario de Inspección de Firmas por correo rastreable (por ejemplo, FedEx, UPS, servicio de mensajería o correo certificado) y presentar un comprobante de envío a la Oficina de Cine e Impresión junto con los demás Formularios de Inspección de Firmas completados y los intentos documentados.

    Nota: Si se produce algún cambio de horario después de la distribución de los Formularios de Notificación originales o la recogida de los Formularios de Encuesta de Firmas, en ambos casos, Productions podrá notificar al área afectada sobre cualquier cambio de fecha mediante el Formulario de Notificación de la Ciudad. La Oficina de Cine e Impresión se reserva el derecho de exigir la aprobación de firmas como condición para el permiso si considera que el uso tiene un impacto significativo o si el vecindario tiene necesidades y solicitudes especiales.

    Si alguno de los propietarios o inquilinos de las propiedades colindantes se opone al uso solicitado, la producción puede presentar una apelación solicitando a la Oficina de Cine e Impresión que active la Junta de Revisión Interna de la Ciudad para que revise la solicitud de la producción. La Junta de Revisión Interna tendrá la autoridad, según las directrices, para aprobar la solicitud de la producción tras considerar todas las circunstancias, incluida la opinión del propietario de la propiedad colindante. Si todos los propietarios o inquilinos de las propiedades colindantes se oponen al uso solicitado, la producción no podrá apelar.

    • La aprobación de la firma de los propietarios de las propiedades adyacentes debe obtenerse a más tardar cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha programada para la actividad de filmación o impresión.
    • No se requerirá la aprobación de la firma del propietario de una propiedad adyacente si el Solicitante ha notificado al propietario de la propiedad y el propietario no ha respondido a la notificación durante un período de al menos veinticuatro (24) horas a partir de la fecha y hora en que se proporcionó la notificación. 
    • Los solicitantes deben obtener la aprobación firmada de todas las propiedades afectadas, incluidas las colindantes, por todos los medios legales y razonables disponibles, incluyendo, entre otros, correo electrónico, fax, entrega en mano, correo postal y cualquier otro servicio de entrega rastreable (por ejemplo, FedEx, UPS, mensajería o correo certificado). La ley federal no permite la distribución en buzones.
    • Los solicitantes deberán proporcionar documentación de todos los avisos.

    Para los fines descritos anteriormente, se convocará una Junta de Revisión Interna compuesta por representantes de los siguientes departamentos de la Ciudad de Miami Beach: Departamento de Policía, Cumplimiento de Códigos, Oficina del Administrador Municipal, Oficina de Cine e Impresión, y el Departamento de Estacionamiento. Otros departamentos de la ciudad se incluirán en el proceso de Revisión Interna según lo determine el alcance y el impacto de cada proyecto (Parques y Recreación, Patrulla de Playas, Departamento de Bomberos, Departamento de Construcción, etc.). Un miembro de la Junta del Consejo de la Industria de la Producción y un miembro de la asociación de vecinos o de propietarios reconocida por la Ciudad del área en cuestión también formarán parte de la Junta de Revisión Interna. Si el área no cuenta con una asociación de vecinos o de propietarios reconocida por la Ciudad, un miembro de la Junta de Planificación podrá formar parte de la Junta de Revisión Interna.

    Cuando se requiera la activación de una Junta de Revisión Interna, la Oficina de Cine e Impresión organizará la reunión. Reconociendo los plazos, a menudo ajustados, que deben cumplir las producciones, se hará todo lo posible para garantizar que el proceso se complete con rapidez y con plena representación de todas las partes involucradas.

    Si la Junta de Revisión Interna se activa porque el propietario de una propiedad adyacente se ha negado a firmar su aprobación, la Junta de Revisión Interna debe considerar los siguientes criterios antes de determinar si aprueba la solicitud de producción:

    • Historial de violaciones del Código en la propiedad.
    • Historial pasado de la empresa productora o solicitante.
    • Frecuencia de producciones cinematográficas e impresas en la propiedad.
    • Duración de la producción.
    • Impactos en la infraestructura y la calidad de vida (por ejemplo, interrupciones del tráfico).
    • Otros impactos a los propietarios de propiedades adyacentes, incluidas actividades de filmación excepcionales (por ejemplo, disparos simulados y impactos de bala, efectos de fuego y explosiones controladas, accidentes con autos acrobáticos, filmaciones aéreas, etc.); y
    • Impacto económico en la ciudad (efectos a largo plazo, a corto plazo e indirectos sobre las ganancias y los costos para las industrias locales, incluidos, entre otros, hoteles, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, comercio minorista y la ciudad).

    La Oficina de Cine e Impresión puede determinar que algunas ubicaciones requieran áreas adicionales de notificación.

    La producción puede optar por adjuntar una carta adicional con más información relacionada con el rodaje a su discreción.

    Si una Producción no puede utilizar su día de producción permitido debido a la lluvia o mal tiempo, podrá solicitar un día adicional por cada día perdido, siempre que se lo comunique oportunamente a la Oficina de Cine e Impresión. Dichas solicitudes deben volver a notificar al área de inmediato, pero no es necesario solicitar nuevamente la aprobación de firmas, si ya se obtuvo.

    ESTACIONAMIENTO RESIDENCIAL

    Los vehículos de producción no deberán ingresar a un vecindario residencial antes de la hora permitida, y deberán estacionarse en áreas aprobadas uno por uno, apagando los motores lo antes posible.

    Las producciones residenciales solo pueden gestionar el estacionamiento inmediato del equipo de producción esencial. Se prohíbe el estacionamiento de vehículos personales del elenco y el equipo, así como de los vehículos de producción, en la vía pública, a menos que se obtenga un permiso para el cierre de carriles o carreteras. Está prohibido estacionar en la zanja municipal (zona verde entre el límite de la propiedad y la calle). En la mayoría de los casos, la producción deberá gestionar el estacionamiento legal de los vehículos del elenco y el equipo en estacionamientos y aparcamientos municipales o privados, y el transporte del personal al set.

    Varias áreas en Miami Beach están restringidas al estacionamiento con permiso residencial únicamente, de lunes a viernes de 6:00 p.m. a 7:00 p.m. 7:00 am, y 24 horas sábado y domingoLas producciones en estas áreas deben coordinar con la Oficina de Cine e Impresión y el Departamento de Estacionamiento la reserva de estacionamiento para vehículos esenciales, mediante la aprobación de las firmas de los residentes afectados y con el personal policial para asegurar los espacios durante la noche, ya que no hay parquímetros que la Ciudad pueda reservar en la mayoría de las áreas residenciales con estacionamiento en la acera, como el área de Flamingo Park y el área de North Beach.

    CÓDIGO DE CONDUCTA

    Todos los miembros del equipo deben revisar el Código de conducta para producciones cinematográficas e impresas de la ciudad de Miami Beach.

    MORATORIAS

    El administrador de la ciudad o su designado tiene la discreción exclusiva de colocar una moratoria temporal en lugares y vecindarios que hayan experimentado "agotamiento" como resultado de filmaciones anteriores de gran volumen o gran impacto.

    APLICACIÓN

    Los permisos estarán disponibles para su inspección en el lugar. Se presentarán a solicitud de cualquier agente de policía, oficial de cumplimiento del código o empleado de la Oficina de Cine e Impresión. El incumplimiento de estas Directrices de Cine e Impresión se considerará una infracción del Código Municipal, aplicable según lo dispuesto en el presente documento. Las personas que participen en una producción cinematográfica e impresa sin permiso, o que infrinjan de cualquier otra forma las directrices aquí establecidas, estarán sujetas a la imposición de la policía municipal o los oficiales de cumplimiento del código mediante la emisión de órdenes de cese y desistimiento inmediatos. El incumplimiento de estas órdenes puede conllevar las siguientes multas inmediatas y/o el impago parcial o total del depósito de garantía:

    • Primera infracción en un período de 12 meses: multa de $500,00.
    • Segunda infracción en un período de 12 meses: multa de $1,500.00; y
    • Tercera infracción en un período de 12 meses y posteriores: multa de $3.000,00.

    La aplicación de las medidas puede incluir el arresto por infracción del Artículo 12-5 del Código Municipal, la aplicación de las medidas previstas en el Artículo 1-14 de este Código, o la remisión de notificaciones de infracción a los Peritos Judiciales, quienes tienen la autoridad para imponer multas o exigir el cumplimiento, según lo dispuesto en el Capítulo 30 del Código Municipal. La policía o los agentes de Cumplimiento del Código coordinarán la aplicación de las medidas con el Departamento de Turismo y Cultura. Como recurso alternativo y complementario, el Ayuntamiento podrá exigir el cumplimiento de estas Directrices mediante una medida cautelar ante cualquier tribunal competente y, en tales circunstancias, el Ayuntamiento tendrá derecho a recuperar los honorarios y costas razonables de sus abogados.

    Infracciones de un Permiso de Filmación e Impresión: Un permiso de Filmación e Impresión emitido tendrá términos y condiciones que la Producción deberá cumplir, a menos que el Administrador Municipal o su designado establezcan acuerdos específicos por escrito después de su emisión. Si la Producción, sus proveedores o participantes incumplen dichas condiciones o acuerdos, ya sea presenciado por personal municipal o comprobado posteriormente mediante pruebas fotográficas u otras pruebas, la Producción incurrirá en una infracción del permiso de Filmación e Impresión y estará sujeta a los procedimientos de cumplimiento establecidos por el Código Municipal o estas directrices.

    Excepto por las infracciones para las cuales no es posible corregirlas (por ejemplo, violación de ruido, producción sin el permiso requerido, etc.), si el personal de la Ciudad observa la violación durante la producción activa, el productor/permiso de Cine e Impresión recibirá una advertencia verbal y una oportunidad de tiempo determinado (30 minutos u otro período de tiempo especificado por el Administrador de la Ciudad o la persona designada) para corregir la violación. No obstante, la Ciudad se reserva la discreción de proceder directamente a la emisión de un aviso de violación si la violación es flagrante y/o viola las condiciones expresamente previstas en el permiso, o si ya se ha proporcionado una advertencia verbal previa por una violación del permiso de Cine e Impresión. Múltiples infracciones se tratarán como una instancia cuando se observen simultáneamente. Los ejemplos de violaciones del permiso de Cine e Impresión pueden incluir, pero no se limitan a, lo siguiente: violación de la ordenanza de ruido; violación de las condiciones y uso del permiso de Cine e Impresión emitido, operación de un evento especial bajo la apariencia de un permiso de Cine e Impresión, uso no autorizado del espacio público; Uso de estructuras, generadores o elementos de producción no aprobados o sin permiso según el Código de Construcción de Florida; uso indebido de la política de Pases de Acceso para Vehículos; incumplimiento de las condiciones del Departamento de Protección Ambiental de Florida (DEP), la Administración de Recursos Ambientales de Miami-Dade (DERM) o el Departamento de Transporte de Florida (FDOT); uso no autorizado de marcas, actividades promocionales o muestras; daños a la propiedad pública; o incapacidad para implementar un plan de saneamiento adecuado. Cualquier actividad de cine o impresión comercial que se realice sin un permiso de Cine e Impresión no puede, por su propia naturaleza, corregirse y debe ser sancionada y suspendida de inmediato.

    Estas multas son adicionales y separadas de cualquier infracción impuesta por la Ciudad por incumplimiento de otras secciones del Código Municipal. La imposición de multas será apelable ante el Perito Judicial. La Ciudad se reserva el derecho de iniciar procedimientos de ejecución alternativos y aplicar sanciones según lo dispuesto y permitido por la ley.

    Además de las multas por las infracciones especificadas anteriormente o de la Sección 12-5 del Código de la Ciudad, se impondrán las siguientes sanciones:

    • Si la infracción es la cuarta dentro del período de 12 meses anterior, además de la multa, la propiedad y/o la producción cinematográfica e impresa no podrán recibir un permiso de cine e impresión durante un período de tres (3) meses.
    • Si la infracción es la quinta en un plazo de seis (6) meses, además de la multa, se prohibirá a la propiedad, al productor de cine e impresión o al titular del permiso obtener un permiso de cine e impresión por un período adicional de seis (6) meses. Asimismo, se considerará que la propiedad o la producción cinematográfica e impresa son infractores habituales.

    No obstante lo anterior, para los infractores reincidentes y/o habituales, el Administrador de la Ciudad puede negarse a emitir futuros permisos de Filmación e Impresión a dicha persona o entidad por un año, o cualquier otro período que el Administrador de la Ciudad considere apropiado.

    Cada infracción constituirá una infracción independiente, por la cual se impondrá una multa aparte. La infracción se considerará cometida en la fecha en que se cometió. La Administración Municipal impondrá las restricciones impuestas en virtud de esta sección tras determinar que se ha cometido una infracción que justifique una suspensión o restricción.

    MISCELÁNEAS

    El elenco y el equipo no pueden invadir la propiedad de un vecino o comerciante. Todo el personal debe permanecer dentro de los límites de la propiedad autorizada para la filmación.

    Nunca se debe impedir a los residentes el acceso a su calle, entrada o casa como resultado de una producción cinematográfica, excepto durante breves períodos en los que se estén filmando escenas.

    Producción hará todo lo posible por mantener siempre los niveles de ruido al mínimo. Los motores y generadores de los vehículos deben apagarse lo antes posible y los generadores deben colocarse lejos de las ventanas. El equipo deberá evitar gritos innecesarios y el volumen de la radio de producción deberá ser adecuado para la comunicación sin molestar a los vecinos. Si se presentan quejas por niveles de ruido excesivos, un representante de Producción intentará identificar, corregir o modificar la fuente del ruido.

    Se prohíbe la remoción, poda o corte de vegetación y árboles, incluso en propiedades privadas, a menos que cuente con la aprobación de la Oficina de Cine e Impresión en coordinación con el Departamento de Parques y Recreación y el Departamento de Medio Ambiente y Sostenibilidad. En la mayoría de los casos, se requiere un permiso de poda o remoción de árboles del Departamento de Protección Ambiental (DEP) del condado o del estado.

    Las producciones no pueden impedir los servicios residenciales normales, como la recolección de basura y la limpieza de calles, sin obtener la aprobación previa de la Ciudad.

    En ningún momento la Producción podrá interrumpir el servicio postal regular.

    Los trámites para la eliminación de los residuos generados durante la producción son responsabilidad exclusiva de la producción.

    Los planos del sitio deben ser revisados y aprobados por el gerente de ADA de Obras Públicas cuando se colocan cables en vías públicas.

    Se deben usar cruces que cumplan con la ADA con bordes de rampa para cubrir de manera segura todos los cables colocados en calles y aceras y otras vías de acceso peatonal.

    Cuando se filme un lugar en el que habrá peatones que no estén asociados con la producción, la empresa de producción deberá proporcionar señalización y barreras adecuadas para acordonar el espacio y se deberán ubicar oficiales fuera de servicio en todo momento.

    El servicio de catering solo podrá realizarse en áreas previamente aprobadas y no podrá representar ningún peligro de seguridad ni molestia pública ni instalarse en estacionamientos activos.

    Todos los desechos de fumar deben desecharse de manera adecuada en recipientes designados específicamente para ello.

    El elenco y el equipo no pueden traer mascotas a la locación, a menos que formen parte de la producción y así lo indique la Oficina de Cine e Impresión en el permiso. Los letreros utilizados para indicar al elenco y al equipo deben identificarse con antelación por ubicación y retirarse inmediatamente después de su uso permitido.

    Los carteles que no se retiren inmediatamente después de su producción podrán estar sujetos a una multa.

    REVISIONES

    El Alcalde y la Comisión Municipal podrán aprobar mediante resolución el reglamento de Cine e Impresión, y el Administrador Municipal o su designado administrará dicho reglamento en lo que respecta a las producciones cinematográficas e impresas que se realizan en la Ciudad. El Administrador podrá autorizar modificaciones al reglamento propuestas por la administración y las presentará a la Comisión Municipal para su aprobación mediante resolución.

    COMUNIDAD

    Miami Beach se enorgullece del espíritu de generosidad y cooperación de su comunidad. Invitamos a las productoras que filman en Miami Beach a contribuir con los alimentos y consumibles sobrantes a organizaciones locales sin fines de lucro que necesitan ayuda. Agradecemos cualquier esfuerzo que realicen para ayudar a nuestra comunidad a comprender mejor el proceso de producción. La Oficina de Cine e Impresión les ayudará a organizar citas para que los miembros de su elenco o equipo puedan hablar con estudiantes de las escuelas locales y reunirse con miembros de nuestra comunidad.

    Si una producción es capaz de hacer contribuciones duraderas a la comunidad, la Ciudad estará encantada de ayudar a facilitar estos esfuerzos.

    MANTENIMIENTO DE PLAYAS DEL CONDADO DE MIAMI-DADE

    Se debe contactar al Departamento de Mantenimiento de Playas del Condado de Miami-Dade cuando el solicitante requiera que se rastrille y limpie la playa antes del mantenimiento programado regular o cuando la presencia del solicitante en la playa pueda interferir con el mantenimiento programado regular.

    DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE DE FLORIDA

    Al filmar tomas de conducción, solicitar el cierre de carriles o controlar el tráfico en las carreteras estatales (MacArthur Causeway, Arthur Godfrey Road, Julia Tuttle Causeway, Alton Road, Fifth Street, Collins Avenue al norte de 5th Street, Indian Creek Drive) dentro de los límites de la ciudad, las producciones deben solicitar además un permiso del FDOT (Departamento de Transporte de Florida). El uso de personal fuera de servicio de la Policía de la Ciudad de Miami Beach es obligatorio en la mayoría de los casos.

    PROGRAMA DE TORTUGAS DEL CONDADO DE MIAMI-DADE

    Las regulaciones del Estado de Florida sobre la temporada de anidación de tortugas entran en vigor cada año de abril a octubre en todas las playas costeras del estado. Las actividades en la playa pueden estar sujetas a condiciones adicionales y permisos estatales, y la Oficina de Cine e Impresión le informará cuando corresponda.

    REGLAMENTO DE LA TEMPORADA DE ANIDACIÓN DE TORTUGAS

    (Del 1 de abril al 31 de octubre) Para reportar una desorientación o hablar con el Equipo de Tortugas Marinas del Condado de Miami-Dade: 305-310-3046. Para reportar una tortuga marina herida, muerta o acosada: 888-404-FWCC (888-404-3922)

    ASOCIACIONES MERCANTILES

    En algunas zonas comerciales, la Producción podría tener que contactar a una asociación mercantil cuando el solicitante requiera el uso de cualquier parte de una manzana de tal manera que pueda interferir con las operaciones comerciales diarias o el paso peatonal o vehicular. La Oficina de Cine e Impresión le asesorará cuando sea necesario.

    PROPIETARIOS DE PROPIEDADES INDIVIDUALES/COMERCIALES

    Se contacta a los propietarios de propiedades individuales o comerciales cuando el solicitante solicita el uso de propiedad pública (por ejemplo, acera, bordillo, zona de carga, parquímetro, callejón, área de parque, mediana, calzada, etc.) directamente delante, detrás, al otro lado o junto a una parcela específica de propiedad no pública, o cuando la propiedad individual o comercial aparecerá en la producción. Si una propiedad individual o comercial aparecerá de forma destacada en cualquier producción, podría requerirse la aprobación por escrito de la propiedad antes de emitir el permiso. El solicitante debe obtener la confirmación de estas agencias, asociaciones y propietarios de propiedades y presentarla durante el proceso de permisos como documento, si la Oficina de Cine e Impresión así lo solicita.

    Dado que cada solicitud es única y la naturaleza creativa de la industria del entretenimiento, podría ser necesario imponer requisitos adicionales para una producción. La mejor recomendación es ser respetuosos con la comunidad de Miami Beach. Una planificación y notificaciones adecuadas son clave para el éxito de cualquier producción. Independientemente del tamaño de la producción, se recomienda a todas las partes que se pongan en contacto con la Oficina de Cine e Impresión tan pronto como tengan conocimiento de cualquier proyecto programado en la ciudad de Miami Beach.

    Información de la oficina:

    Lissette García Arrogante
    Director
    LissetteArrogante@miamibeachfl.gov

    Francys Vallecillo
    Subgerente
    FrancysVallecillo@miamibeachfl.gov

    Fernando Pestana
    Gerente de Servicios Administrativos
    FernandoPestana@miamibeachfl.gov
    Extensión: 26727

    Patricia Tielves
    Asociado de recepción de oficina
    patriciatielves@miamibeachfl.gov
    Ext. 26596

    División de Eventos Especiales y Cine

    Diana Bego
    Coordinador de eventos especiales
    DianaBego@miamibeachfl.gov
    Extensión: 26298

    Arón Soriano
    Monitor de campo
    AronSoriano@miamibeachfl.gov
    Extensión: 26982

    Jared Balladarez
    Asociado de oficina
    JaredBalladarez@miamibeachfl.gov
    Extensión 26385

    Felicity Astete
    Asociado de oficina
    felicityastete@miamibeachfl.gov
    Ext. 27579

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