PROMOCIÓN DE MARCA/PERMISOS DE MUESTREO TEMPORAL
Directrices para permisos de promoción de marca y muestreo temporal
Un permiso de promoción de marca/muestreo temporal permite la distribución móvil por parte de un equipo de cinco personas o la distribución estacionaria (espacio emergente de 10x10) de productos de marca o servicios interactivos al público sin intercambio comercial directo o indirecto en propiedad pública dentro de los distritos de zonificación comercial de uso mixto y áreas frente a la playa de la ciudad.
Los solicitantes que deseen obtener un permiso de promoción de marca/muestreo temporal deberán proporcionar la siguiente información al Departamento de Turismo y Cultura de la ciudad al menos catorce (14) días hábiles antes de dicha actividad:
- Solicitud en línea para permiso de promoción de marca/muestreo temporal.
- Fotografías y/o literatura descriptiva de todos los productos o servicios a distribuir.
- Se requiere una tarifa de permiso por cada activación individual, por día, pagadera a la Ciudad de Miami Beach y con vencimiento a más tardar catorce (14) días antes de dicha actividad. Un equipo individual se define como un máximo de cinco (5) personas en total que distribuyen el mismo producto en el lugar especificado en el permiso (o vehículo fijo o espacio temporal de 10x10).
- Esta tarifa es reembolsable en caso de cancelación o denegación del permiso. Se debe notificar por escrito a la oficina de Eventos Especiales.
- Se aplicará una penalización de catorce (14) días si la solicitud se recibe con menos de catorce (14) días de antelación a la activación. Esta penalización no es eximible.
- Se cobrará una tarifa de depósito de seguridad reembolsable para garantizar el cumplimiento del permiso, cualquier daño potencial a la propiedad pública, cubrir multas/citaciones y cualquier posible necesidad de saneamiento.
- Seguro de responsabilidad civil general de no menos de un (1) millón de dólares estadounidenses o valor equivalente que nombre a la Ciudad de Miami Beach como asegurado adicional y titular del certificado, incluida la dirección de la ciudad que figura en los Requisitos del seguro en la página 15. El certificado no debe tener más de 90 días de antigüedad.
- Si se encuentra dentro de los distritos de zonificación comercial y de uso mixto, el titular del permiso debe obtener un permiso de derecho de paso de Obras Públicas para cualquier vehículo de marca o activación estacionaria, que permite una (1) carpa de marca de 10x10; una (1) mesa de seis pies; dos (2) sillas y dos (2) pancartas de plumas.
- Como parte de la promoción de la marca/permiso de muestreo temporal, si la activación es estacionaria, se requiere la aprobación de la empresa circundante.
- Si se encuentra en el área frente a la playa, el titular del permiso debe obtener la aprobación del propietario de la propiedad en la zona alta y/o del concesionario frente a la playa.
- Se podrán reservar espacios de estacionamiento para el uso de distribución estacionaria como parte de la activación del muestreo temporal.
- El titular del permiso o su representante deberá conservar una copia del permiso emitido durante la activación.
- El permiso es válido para distribución móvil por un equipo de cinco personas o distribución estacionaria (vehículo o espacio emergente de 10x10)
- El permiso es válido sólo para la(s) fecha(s) de emisión.
- El permiso es válido únicamente para los productos aprobados según se presentan en la solicitud.
- El titular del permiso es el único responsable del saneamiento integral de todas y cada una de las áreas utilizadas y sus alrededores, lo que incluye garantizar que cualquier muestra de subproducto o literatura descartada por el titular del permiso, su representante o el público se retire y deseche de manera adecuada.
- El titular del permiso o su representante como parte de la distribución móvil no puede erigir mesas, carpas, sillas, pancartas, banderas, cercas, inflables, letreros u otros elementos en áreas públicas o derechos de paso.
- El titular del permiso o su representante como parte de la distribución estacionaria debe mantener dentro de los artículos permitidos en el número ocho (8) de los requisitos enumerados anteriormente.
- El titular del permiso o su representante no podrá en ningún momento colocar carteles, volantes, pegatinas ni otros elementos en edificios, árboles, postes de luz, quioscos, cabinas telefónicas ni otros elementos públicos. La distribución de información en persona debe cumplir con la Ordenanza Municipal de Folletos, codificada en el Artículo 3, Sección 46 del Código Municipal. No se requerirá un Permiso Temporal de Muestreo para la distribución de literatura, publicaciones periódicas u otros materiales no relacionados con productos o servicios, siempre que no tengan valor canjeable.
- El titular del permiso no podrá distribuir materiales desde vehículos en movimiento.
- El titular del permiso o su representante no podrá emplear ningún generador, utilizar enchufes eléctricos ni exigir, instalar o tender cableado a través de las vías públicas.
- El titular del permiso o su representante debe mantener no menos de cinco (5) pies de acceso público sin obstrucciones en las aceras en todo momento.
- El titular del permiso o sus representantes están sujetos a las Ordenanzas sobre ruido del condado de Miami-Dade y de la ciudad de Miami Beach en todo momento.
- Si el Permisionario desea distribuir material en un área contratada o permitida para concesión, cafetería al aire libre, evento, filmación u otros usos similares, el Permisionario debe proporcionar un formulario de encuesta de firmas aprobado de la parte afectada.
- Si se encuentra dentro de los distritos de zonificación comercial y de uso mixto, el permiso se emitirá con discreción y consideración hacia los negocios vecinos. Por ejemplo, si una solicitud de permiso entra en conflicto con un negocio existente con la misma naturaleza que la solicitud, la ciudad recomendará trasladar la activación a una ubicación alternativa que no entre en conflicto con el negocio en cuestión.
- El titular del permiso o su representante no puede tomar muestras dentro de un radio de veinte (20) pies en ninguna dirección desde el perímetro exterior, como se indica en el plano del sitio adjunto al permiso emitido por la ciudad, de ningún café al aire libre, restaurante al aire libre, café al aire libre u otro establecimiento que sirva alimentos o bebidas para consumo inmediato, sin el permiso expreso por escrito del propietario de dicho negocio.
Los infractores de los términos de un Permiso de Muestreo Temporal pueden estar sujetos a una o más de las siguientes sanciones:
siguiente:
- Se emite revocación del permiso y orden de cese y desistimiento inmediato.
- Pérdida del depósito de seguridad total o parcial a discreción del Administrador de la Ciudad o su designado.
- Duplicación posterior del depósito de seguridad anterior para futuras solicitudes.
- El producto y/u otros productos de la empresa matriz no podrán distribuirse en ningún permiso futuro de promoción de marca o muestreo temporal durante un período que determinará el administrador de la ciudad o su designado.
- Multas y otras sanciones según el Artículo II, Sección 12-5 (9) del Código de la Ciudad.
Mire el video instructivo a continuación, que describe los pasos para encontrar permisos para eventos especiales en el Portal de acceso cívico.
Información de la oficina:
Contactos del Departamento de Turismo y Cultura:
Lissette García Arrogante
Director
LissetteArrogante@miamibeachfl.gov
Francys Vallecillo
Subgerente
FrancysVallecillo@miamibeachfl.gov
Fernando Pestana
Gerente de Servicios Administrativos
FernandoPestana@miamibeachfl.gov
Extensión: 26727
Patricia Tielves
Asociado de recepción de oficina
patriciatielves@miamibeachfl.gov
Ext. 26596
División de Eventos Especiales y Cine
Diana Bego
Coordinador de eventos especiales
DianaBego@miamibeachfl.gov
Extensión: 26298
Arón Soriano
Monitor de campo
AronSoriano@miamibeachfl.gov
Extensión: 26982
Jared Balladarez
Asociado de oficina
JaredBalladarez@miamibeachfl.gov
Extensión 26385
Felicity Astete
Asociado de oficina
felicityastete@miamibeachfl.gov
Ext. 27579