Condiciones del Permiso para Eventos Especiales para la Protección de las Tortugas Marinas
Las siguientes condiciones son necesarias para la protección de las tortugas marinas durante la temporada de anidación. La temporada de anidación es del 1 de marzo al 31 de octubre en los condados de Brevard, Indian River, St. Lucie, Martin, Palm Beach y Broward, y del 1 de mayo al 31 de octubre en todos los demás condados costeros de Florida.
Todas las estructuras que se propongan construir en el hábitat de anidación de tortugas marinas y que se dejen a la intemperie durante la noche deberán tener un espacio libre vertical de 90 cm (3 pies) debajo, al menos 21 cm (7 pies) de espacio libre horizontal entre los soportes en su contacto con la playa, y deberán ubicarse lo más lejos posible de la costa. Cualquier estructura o material que no cumpla con estos criterios deberá retirarse antes del anochecer de cada día. El montaje y almacenamiento de los equipos y materiales del evento deberá estar fuera de la playa.
Se prohíbe el uso de equipo pesado, Se prohíbe el uso de vehículos de calle para transportar el equipo del evento, excepto en playas donde la ordenanza local lo permita. Se podrá utilizar un vehículo ligero tipo ATV con una presión de aire de 10 psi o menos para el transporte del equipo, si la ordenanza local lo permite. El uso de vehículos se minimizará y se restringirá al montaje y desmontaje del evento.
a) Todos los estudios de anidación deberán ser realizados por personas cualificadas que posean un permiso válido para tortugas marinas, emitido por la Comisión de Conservación de Pesca y Vida Silvestre de Florida (FWC), de conformidad con la Regla 68E-1 del Código Administrativo de Florida. No se podrá instalar ningún material ni equipo en la playa hasta que el solicitante se haya coordinado con el titular del permiso.
b) Es responsabilidad del titular del permiso asegurar que el área del proyecto y los accesos se inspeccionen diariamente para detectar la actividad de anidación de tortugas marinas y que todos los nidos que se encuentren en el área del proyecto estén marcados para su protección. El titular del permiso deberá coordinar con un titular de permiso para tortugas marinas, debidamente autorizado para realizar actividades en la playa mediante un permiso válido emitido por la FWC, de conformidad con el artículo 68E-1, FAC, para que realice todos los estudios de anidación y las labores de protección de nidos, y deberá comunicar los siguientes requisitos al titular de permiso para tortugas marinas que haya aceptado realizar el marcado de nidos para esta actividad.
c) Los censos de nidos se realizarán diariamente entre el amanecer y las 9:00 a. m. durante la temporada de anidación de tortugas marinas. No se realizará ninguna actividad en ningún lugar antes de que se completen los censos de nidos de tortugas marinas y las medidas de protección necesarias.
d) Los nidos depositados dentro del área del evento se marcarán y se dejarán en su lugar, a menos que factores naturales amenacen su éxito. Cualquier nido que se deje en el área del evento se marcará claramente. Se marcará un círculo de 3 metros de radio, centrado en la nidada, con estacas y cinta o cuerda de medición. No se permitirá ninguna actividad dentro de este círculo ni en sus inmediaciones que pueda perturbar directa o indirectamente el área dentro del círculo marcado con estacas. Durante la temporada de eclosión de tortugas marinas (del 1 de julio al 31 de octubre), no se permitirán estructuras ni materiales que puedan obstaculizar el progreso de las crías de tortuga marina durante la noche.
NO SE AUTORIZA LA ILUMINACIÓN asociada al evento después de las 9:00 p.m. durante el horario marítimo.
temporada de anidación de tortugas.
NO se permitirá que el agua de la estructura o del área del evento corra hacia la playa.
donde podría afectar nidos de tortugas marinas adyacentes.
Se notificará de inmediato al titular del permiso para tortugas marinas para que se puedan tomar las medidas de conservación adecuadas. Dentro de las 24 horas siguientes a cualquier suceso, se enviará un informe del incidente a la Sección de Gestión de Especies en Peligro de la FWC. MarineTurtle@myfwc.com.
No se permite la excavación de arena más allá de la línea media de pleamar. Cualquier alteración temporal menor en la arena (incluidos surcos, depresiones, agujeros o montículos) se deberán rellenar y rastrillar hasta alisar con herramientas manuales todas las noches.
Información de la oficina:
Lissette García Arrogante
Director
LissetteArrogante@miamibeachfl.gov
Francys Vallecillo
Subgerente
FrancysVallecillo@miamibeachfl.gov
Fernando Pestana
Gerente de Servicios Administrativos
FernandoPestana@miamibeachfl.gov
Extensión: 26727
Patricia Tielves
Asociado de recepción de oficina
patriciatielves@miamibeachfl.gov
Ext. 26596
División de Eventos Especiales y Cine
Diana Bego
Coordinador de eventos especiales
DianaBego@miamibeachfl.gov
Extensión: 26298
Arón Soriano
Monitor de campo
AronSoriano@miamibeachfl.gov
Extensión: 26982
Jared Balladarez
Asociado de oficina
JaredBalladarez@miamibeachfl.gov
Extensión 26385
Felicity Astete
Asociado de oficina
felicityastete@miamibeachfl.gov
Ext. 27579