1. Antecedentes y propósito
La Ciudad de Miami Beach invierte en resiliencia económica mediante la diversificación económica. Las empresas nuevas o existentes en la Ciudad de Miami Beach pueden ser elegibles para un incentivo basado en el desempeño, conocido como el Programa de Incentivos para la Creación de Empleos (JCIP). El objetivo del JCIP es atraer estratégicamente empresas y expandir los negocios existentes en la Ciudad de Miami Beach, a la vez que aumenta la cantidad de empleos de calidad y bien remunerados en la comunidad. El solicitante debe crear o reubicar un mínimo de diez (10) nuevos empleos equivalentes a tiempo completo, con un salario anual promedio igual o superior al 125% del salario promedio del Condado al momento de la solicitud.
2. Elegibilidad
El JCIP de la Ciudad de Miami Beach estará disponible para empresas nuevas en el mercado o empresas en expansión que contratarán o reubicarán un mínimo de diez (10) nuevos empleados en la Ciudad de Miami Beach dentro de un período de cuatro (4) años para empresas nuevas en el mercado o un período de tres (3) años para empresas existentes.
El Programa está disponible para las siguientes industrias:
- Servicios financieros/profesionales
- Tecnología
- Sede central, incluidas las sedes regionales
El Programa está disponible para las siguientes industrias:
- Artes y cultura
- Criptomonedas, blockchain, Web3 y finanzas descentralizadas
- Salud y bienestar
- Hostelería y Turismo
- Sostenibilidad y resiliencia
La Comisión de la Ciudad, a su discreción, puede renunciar al requisito de industria elegible a solicitud y recomendación del Administrador de la Ciudad.
a. Las empresas que soliciten el Programa JCIP deben ser empresas nuevas en el mercado o en expansión que ya operen en la ciudad de Miami Beach. Las empresas nuevas en el mercado pueden reubicarse desde cualquier lugar fuera de la ciudad de Miami Beach.
b. Requisitos para Empresas en Expansión al momento de la solicitud:
- Una empresa en expansión debe ser propietaria de su propia propiedad de espacio de oficina o tener un contrato de arrendamiento de varios años (mínimo de 3 años) para la ubicación de la oficina dentro de la ciudad de Miami Beach.
- Una empresa en expansión debe tener un recibo de impuesto comercial válido de Miami Beach (BTR) y no puede tener ninguna tarifa o multa pendiente con la Ciudad de Miami Beach, ni estar involucrada en ningún litigio con la Ciudad de Miami Beach.
- Una empresa en expansión debe estar debidamente autorizada y aprobada por el Estado y el Condado según corresponda.
c. Todas las empresas en expansión y nuevas en el mercado premiadas deben cumplir con los requisitos anteriores cuando se reclama y desembolsa el incentivo para cada año fiscal elegible.
d. Las empresas que no reportan los salarios de sus empleados no son elegibles para recibir asistencia del Programa JCIP. El JCIP está sujeto a la disponibilidad anual de fondos, la aprobación de la Comisión Municipal y la firma y el cumplimiento continuo de los requisitos de un acuerdo entre la Ciudad y el solicitante, y no debe interpretarse como un derecho del solicitante ni del propietario.
3. Requisitos
a. Nueva categoría de trabajo: Un nuevo empleo debe ser un puesto equivalente a tiempo completo (mínimo de 2080 horas anuales) y deberá:
- se crearán en la ciudad de Miami Beach y se sumarán a la base total de empleos de la ciudad;
- añadir gradualmente a la nómina de la empresa;
- resultar en un aumento neto del número de empleados de la empresa solicitante; y
- involucrar únicamente a un nuevo empleado que trabaje en el sitio (al menos parcialmente) en las instalaciones de la empresa ubicadas en la ciudad de Miami Beach.
Un nuevo trabajo excluye a un empleado existente en la nómina actual de la empresa en el momento de la solicitud.
b. Categoría de trabajo reubicado: Un trabajo reubicado incluye puestos equivalentes a tiempo completo (mínimo de 2080 horas anuales) actualmente identificados en la nómina de la empresa en el momento de la solicitud.
- Sólo las empresas nuevas en el mercado (que se mudan a Miami Beach) pueden utilizar los empleos reubicados como parte de la solicitud de incentivo.
- Las empresas existentes de Miami Beach que busquen expandir sus operaciones en Miami Beach no podrán utilizar los empleos reubicados como parte del requisito de creación de empleos.
c. Cronograma de creación de empleo: La aprobación de la solicitud del JCIP y el acuerdo por parte de la Comisión Municipal deben ocurrir antes de que se añadan o reubiquen los empleos. Una empresa que suscriba un acuerdo de incentivos con la Ciudad de Miami Beach y esté ubicada o se reubique en un espacio de oficinas existente que no requiera mejoras significativas para los inquilinos debe añadir el número mínimo de empleos (10) dentro de un plazo acordado de meses después de la fecha de entrada en vigor del incentivo. La empresa y la Ciudad de Miami Beach negociarán un plazo para la creación y reubicación de empleos.
d. Requisito de salario digno: El JCIP no estará disponible para empresas que paguen a sus empleados por debajo del Salario Mínimo Vital, según lo define la Sección 2-8.9 del Código del Condado de Miami-Dade, ajustada anualmente por el Departamento de Desarrollo de Pequeñas Empresas o su departamento sucesor, o según lo define la Sección 2-408 del Código de la Ciudad de Miami Beach, y que opten por el salario más alto de ambos. Las empresas que reciben subvenciones del JCIP deben seguir pagando a todos sus empleados al menos el Salario Mínimo Vital para seguir siendo elegibles para el Programa.
e. Salarios de los nuevos empleos creados o reubicados: Los nuevos empleos o los empleos reubicados deben pagar un salario anual promedio estimado al menos igual a 125% el promedio de los salarios en el condado de Miami-Dade o el estado de Florida (en todas las industrias u ocupaciones) según lo determine el condado de Miami-Dade o el estado de Florida utilizando los datos más actualmente disponibles según lo determine la ciudad de Miami Beach y eligiendo la tasa más alta.
f. Creación de empleo: Las empresas participantes deben crear al menos diez (10) nuevos empleos en un plazo de cuatro (4) años para las empresas recién llegadas al mercado o de tres (3) años para las empresas en expansión. El plazo comienza a contar una vez que la empresa inicia operaciones en la ciudad de Miami Beach (designada mediante la emisión de un BTR) o una vez firmado el Acuerdo, lo que ocurra más tarde.
g. Los empleos nuevos o reubicados deben mantenerse durante al menos un (1) año adicional. El personal de la Ciudad de Miami Beach verificará el cumplimiento de los requisitos salariales y de creación de nuevos empleos, según lo especificado en la solicitud/acuerdo del JCIP aprobado por la Comisión Municipal, antes de cualquier desembolso de los incentivos de la Ciudad de Miami Beach. La Empresa debe comprometerse a proporcionar toda la documentación necesaria para que el personal de la Ciudad de Miami Beach verifique el cumplimiento de la Empresa con los requisitos salariales para los empleos nuevos o reubicados, según lo estipulado en la solicitud/acuerdo del JCIP de la Ciudad de Miami Beach.
h. Impuestos, multas u otras tasas: Si una empresa incurre en mora en el pago de impuestos, multas o cualquier otra tasa adeudada a la Ciudad de Miami Beach, esta retendrá los fondos del incentivo hasta que la empresa se ponga al día. Si una empresa incurre en mora durante más de un (1) año, se cancelará el incentivo de la Ciudad de Miami Beach y la empresa quedará descalificada para participar en el Programa.
i. Anuncio de prensa: El solicitante debe (a) mencionar a la Ciudad de Miami Beach por su nombre en el comunicado de prensa inicial que anuncia la nueva ubicación de la oficina; (b) indicar con al menos cuarenta y ocho (48) horas de anticipación la fecha y hora exactas de publicación del comunicado; y (c) proporcionar una copia del comunicado con al menos cuarenta y ocho (48) horas de anticipación. El Departamento de Marketing y Comunicaciones de la Ciudad también emitirá un comunicado de prensa y lo cubrirá en los medios.
j. Apariciones en los medios: La empresa debe proporcionar un representante de los empleados, como mínimo en un puesto ejecutivo de alto nivel, para un mínimo de cuatro (4) compromisos durante el primer año, dos (2) compromisos durante el segundo año, dos (2) compromisos durante el tercer año y, si corresponde, dos (2) compromisos durante el cuarto año, para apoyar las iniciativas de reclutamiento de la Ciudad de Miami Beach y atraer nuevas empresas a la ciudad. Los compromisos requeridos consistirán en una presentación, una mesa redonda, una entrevista, una cita para un artículo de prensa o un compromiso similar.
4. Premio de incentivo
El monto de la subvención del JCIP se determina con base en la información proporcionada y verificada durante el proceso de solicitud, y requiere la aprobación de la Comisión Municipal. La subvención se determinará una vez que la Compañía haya iniciado operaciones y al final de cada año fiscal de la Ciudad de Miami Beach, tras la verificación de los nuevos empleos o la reubicación de empleos, según lo especificado en la solicitud/acuerdo aprobado por la Comisión Municipal, y todas las demás obligaciones establecidas en la solicitud/acuerdo y en la Resolución que aprueba la subvención.
El monto máximo de la subvención se basa en el número de empleados traídos o reubicados a la ciudad de Miami Beach durante la mudanza inicial y cualquier nueva contratación posterior. Para las empresas en expansión ya establecidas en la ciudad, la subvención máxima se basa en los nuevos empleos creados.
Los incentivos durante el período de cuatro (4) años o tres (3) años después del inicio de las operaciones del solicitante o la ejecución de este acuerdo, lo que sea más reciente, no podrán exceder:
- $600 por empleado para los primeros 50 puestos de trabajo (mínimo de 10)
- $400 por empleado por cada puesto de trabajo añadido entre 51 y 100
- $250 por empleado por cada puesto de trabajo añadido por encima de 100
El solicitante puede ser elegible para las siguientes bonificaciones solo para nuevas contrataciones:
- Un $125 adicional por empleado si una empresa está ubicada dentro del área de North Beach, según lo define la Ciudad de Miami Beach
- Un adicional de $125 por empleado si el nuevo empleado recibió un título de una universidad pública, privada o escuela técnica ubicada dentro del condado de Miami-Dade y se graduó dentro de los tres (3) años posteriores a la fecha de contratación.
- Un adicional de $125 por empleado si anteriormente estuvo desempleado o empleado por debajo del salario digno inmediatamente anterior al empleo en la empresa
- $150 adicionales por empleado si su residencia principal está dentro de la ciudad de Miami Beach
Los solicitantes que se especialicen en subcategorías de la industria de tecnología y/o servicios financieros relacionados con criptomonedas, blockchain, web3, finanzas descentralizadas, sostenibilidad, resiliencia, hospitalidad, turismo, salud y bienestar, y artes y cultura son elegibles para incentivos adicionales y no pueden exceder:
- $650 por empleado para los primeros 50 puestos de trabajo (mínimo de 10)
- $450 por empleado por cada puesto de trabajo añadido entre 51 y 100
- $300 por empleado por cada puesto de trabajo añadido por encima de 100
Los solicitantes que se especialicen en subcategorías de la industria de tecnología y/o servicios financieros relacionados con criptomonedas, blockchain, web3, finanzas descentralizadas, sostenibilidad, resiliencia, hospitalidad, turismo, salud y bienestar, y artes y cultura son elegibles para bonificaciones adicionales para nuevas contrataciones y empleados reubicados:
- Un $175 adicional por empleado si una empresa está ubicada dentro del área de North Beach, según lo define la Ciudad de Miami Beach
- Un $175 adicional por empleado si el nuevo empleado recibió un título de una universidad, colegio o escuela técnica ubicada dentro del condado de Miami-Dade
- $175 adicionales por empleado si anteriormente estuvo desempleado o empleado por debajo del salario digno inmediatamente anterior al empleo con el Solicitante
- Un $200 adicional por empleado si su residencia principal está dentro de la ciudad de Miami Beach; y
Una empresa no podrá recibir más de $60,000 en incentivos en un solo ejercicio fiscal, incluso si todos los nuevos empleos se crean o reubican en un (1) año. Una empresa no podrá recibir más de $240,000 en incentivos durante un período de cuatro (4) años para nuevos puestos de trabajo ni de $180,000 en incentivos durante un período de tres (3) años para expansiones.
La Comisión de la Ciudad, a su discreción, puede renunciar al límite total de adjudicación aplicable de $180,000 o $240,000 a pedido y recomendación del Administrador de la Ciudad.
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