Desarrollo comunitario

La Ciudad de Miami Beach es beneficiaria de fondos federales. Recibe una asignación anual de fondos para el Programa de Asociación de Inversión en Vivienda (HOME) y la Subvención Global para el Desarrollo Comunitario (CDBG) del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD). La Ciudad tiene derecho a estos fondos porque sus características demográficas, de vivienda y/o de población cumplen con los requisitos de la fórmula para obtenerlos.

La Ciudad de Miami Beach es beneficiaria de fondos federales. Recibe una asignación anual de fondos para el Programa de Asociación de Inversión en Vivienda (HOME) y la Subvención Global para el Desarrollo Comunitario (CDBG) del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD). La Ciudad tiene derecho a estos fondos porque sus características demográficas, de vivienda y/o de población cumplen con los requisitos de la fórmula para obtenerlos.

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Solicitud de solicitudes (RFA) para el programa de vivienda y CDBG del año fiscal 2025

La Ciudad de Miami Beach anuncia la disponibilidad de fondos del Programa de Asociación de Inversión HOME (HOME) y de la Subvención Global para el Desarrollo Comunitario (CDBG) del año fiscal 2025 para apoyar proyectos, programas y actividades de proveedores locales alineados con el Plan Consolidado de la Ciudad. Las propuestas pueden ser presentadas por corporaciones o asociaciones con o sin fines de lucro, y deben desarrollarse dentro de la Ciudad de Miami Beach y beneficiar a sus residentes.

La fecha límite para presentar solicitudes fue 28 de marzo de 2025, a las 15:00 horas

Tenga en cuenta: El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD) aún no ha publicado las asignaciones de fondos finales para el año fiscal 2025.

La Ciudad presentará recomendaciones de financiamiento basadas en estimaciones al Comité Asesor de Vivienda Asequible (AHAC) el 13 de mayo de 2025.

FECHA Y HORA:13 de mayo de 2025, a las 17:00 horas

LUGARSala de Conferencias de los Alcaldes, 1700 Convention Center Drive, Miami Beach, FL 33139

Unirse a la reunión de Zoom https://us06web.zoom.us/j/88296428328?pwd=LmWBYa8PD6r80SRqoCKFZ80f9A4hjP.1

ID de reunión: 882 9642 8328 Código de acceso: 609270 Unirse por teléfono: 16468769923

Obtener financiación

La División de Vivienda y Desarrollo Comunitario desarrolla procesos competitivos para seleccionar proyectos elegibles para su financiamiento bajo los programas que supervisa. Cada proceso competitivo, conocido como "Solicitud de Solicitudes" (SSA), se publicará en el sitio web de la Ciudad. Las SSA se emiten para los programas de financiamiento de la División, incluyendo SHIP, CDBG y HOME, así como para cualquier asignación especial de vivienda que pueda estar disponible.

Información sobre la RFA estatal y del condado

Los solicitantes elegibles deben solicitar fondos a través de Florida HousingProceso de solicitud de solicitudes (RFA)Este programa se rige por la Regla 67-48 del Código Administrativo de Florida. 

Programa de Subvenciones en Bloque para el Desarrollo Comunitario (CDBG)

La ciudad de Miami Beach recibe una asignación de fondos de Subvención en Bloque para el Desarrollo Comunitario (CDBG) del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. (HUD) cada año.

Objetivos principales del programa CDBG

Desarrollo de comunidades urbanas viables, principalmente para personas de ingresos bajos y moderados, a través de:

  • Vivienda digna
  • Entorno de vida adecuado
  • Oportunidad económica ampliada

Las metas y objetivos del CDBG de la Ciudad se presentan en el Plan Consolidado y el Plan de Acción Anual, ambos obligatorios a nivel federal. Los logros de la Ciudad se reportan en el Informe Anual Consolidado de Desempeño y Evaluación.

Consulte la sección “Planes e informes” a continuación para conocer el Plan de Acción Anual actual, incluidas las asignaciones de fondos.

CHDO

La ciudad de Miami Beach es una ciudad con derecho a vivienda designada por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD), según la información del censo decenal sobre el rezago en el crecimiento poblacional, la sobrepoblación, la antigüedad del parque de viviendas y la pobreza. Como comunidad con derecho a vivienda, la ciudad califica automáticamente para una asignación anual de fondos federales bajo el Programa de Asociación de Inversión HOME.

Según las normas del Programa HOME, al menos el 15 % de la asignación anual de HOME de una Jurisdicción Participante (JP) debe reservarse para actividades de la Organización de Desarrollo de Vivienda Comunitaria (CHDO) en viviendas elegibles. Una Organización de Desarrollo de Vivienda Comunitaria (CHDO) es una organización privada sin fines de lucro, de servicios comunitarios, que cuenta o pretende contratar personal con la capacidad para desarrollar viviendas asequibles para la comunidad a la que sirve.

Toda organización que solicite la reserva del CHDO debe estar certificada antes de comprometer cualquier financiamiento. Las CHDO también deben presentar certificaciones anuales para continuar recibiendo futuras asignaciones.

Criterios de elegibilidad

Los fondos de reserva deben invertirse en viviendas propiedad de, patrocinadas o desarrolladas por el CHDO. Esto significa que el CHDO desempeña al menos una de las siguientes funciones: 

  • DueñoEl CHDO posee el título legal válido o un derecho de arrendamiento a largo plazo sobre la propiedad en alquiler. El CHDO puede ser propietario de varias personas físicas, corporaciones, sociedades u otras entidades legales. 
  • PatrocinadorEl CHDO desarrolla o posee una propiedad y acepta transferir la propiedad a otra organización sin fines de lucro. 
  • ReveladorEl CHDO es propietario de una propiedad y desarrolla un proyecto o tiene una obligación contractual con el propietario de una propiedad para desarrollar un proyecto. 

Al utilizar fondos reservados en viviendas elegibles, el CHDO puede realizar una de las siguientes actividades: 

  • Adquisición, rehabilitación o nueva construcción de viviendas de alquiler, 
  • Adquisición, rehabilitación o nueva construcción de viviendas de particulares, y 
  • Asistencia financiera directa a los compradores de viviendas asistidas por HOME patrocinadas o desarrolladas por un CHDO con fondos de HOME. 

Los fondos reservados no pueden utilizarse para asistencia con el alquiler para inquilinos, rehabilitación de propietarios de viviendas existentes ni asistencia directa a compradores de vivienda. Sin embargo, los PJ pueden proporcionar fondos no reservados a las CHDO para llevar a cabo estas actividades. 

Para calificar como CHDO, una organización sin fines de lucro debe demostrar que cumple con ciertos requisitos con respecto a: 

  • Estatus legal y exento de impuestos, 
  • Capacidad de gestión financiera y rendición de cuentas, 
  • Capacidad del personal para llevar a cabo actividades financiadas por HOME, 
  • Experiencia sirviendo a la comunidad, 
  • Representación en la junta directiva por miembros de la comunidad, con al menos un tercio de sus miembros de bajos ingresos, y 
  • Falta de control público o con fines de lucro 

Además de su reserva del 15%, los PJ pueden utilizar los fondos de HOME para brindar asistencia especial que apoye y fortalezca la capacidad de los CHDO. Esta asistencia incluye: 

  • Préstamos para predesarrollo de proyectosUn PJ puede prestar a las CHDO hasta el 10% de su asignación anual para gastos iniciales elegibles del proyecto, capital inicial o control del sitio. Los préstamos previos al desarrollo cuentan para la reserva de la CHDO si el proyecto avanza; son condonables si el proyecto no avanza. 
  • Asistencia operativaLos PJs pueden aportar hasta el 5% de su asignación anual de HOME para sueldos, salarios, educación y capacitación de empleados, alquiler y servicios públicos, impuestos y seguros, y materiales. La ayuda no puede exceder el monto mayor entre 1TP y 50,000 T o el 50% de los gastos operativos anuales totales de la CHDO para ese año. 
  • Uso de los fondos del proyecto HOMEA discreción del Juez de Planificación (PJ), se podrá autorizar a una CHDO a retener parte o la totalidad de los fondos generados por las actividades de desarrollo para apoyar actividades adicionales elegibles para el programa HOME u otras actividades de vivienda para personas de bajos ingresos. El PJ deberá estipular en su acuerdo escrito con la CHDO si esta puede retener los fondos del proyecto. 
  • Asistencia para el desarrollo de capacidadesDurante los dos primeros años de convertirse en PJ, los PJ que no puedan identificar un número suficiente de CHDO capaces podrán destinar una cantidad limitada de fondos HOME a asistencia para el desarrollo de capacidades. 

Preguntas frecuentes

Sí, la Ciudad ofrece asistencia para el pago inicial de hasta 150,000 T/T a solicitantes elegibles a través de su Programa para Compradores de Vivienda por Primera Vez, financiado por el Programa Estatal de Iniciativas de Vivienda (SHIP), sujeto a la disponibilidad de fondos. Los solicitantes elegibles deben proporcionar un pago inicial de 21 T/T y obtener una hipoteca por el saldo del costo de adquisición. Una parte de los fondos del SHIP debe destinarse a mejoras en la propiedad.

Sí, el Programa de Rehabilitación de Viviendas Ocupadas por sus Propietarios de la Ciudad ofrece hasta $70,000 en préstamos condonables, sujetos a la disponibilidad de fondos, a propietarios elegibles que necesiten reparaciones en su vivienda, incluyendo aquellas relacionadas con infracciones de código y construcción. Los participantes deben comprometerse a usar la propiedad asistida como su residencia principal durante 15 años.

La Ciudad mantiene 89 unidades residenciales asequibles. Debido a que estos edificios fueron adquiridos o rehabilitados con fondos federales, la Ciudad debe mantener una lista de espera para los inquilinos que deseen acceder a ellos. La lista de espera de la Ciudad está actualmente cerrada.

La Ley de Equidad en la Vivienda protege a las personas de la discriminación al alquilar, comprar o financiar cualquier vivienda. Las prohibiciones abarcan específicamente la discriminación por motivos de raza, color, origen nacional, religión, sexo, discapacidad y la presencia de menores. La Ciudad colabora con el Centro de Equidad en la Vivienda HOPE para educar a los inquilinos sobre sus derechos de vivienda. Puede contactar con HOPE a través de su sitio web. www.hopefhc.co

Año 

Eficiencia 

Un dormitorio 

Dos habitaciones 

Tres habitaciones 

Cuatro habitaciones 

2024-FMR 

$1,683 

$1,884 

$2,324

$3,027

$3,589 

El Condado de Miami-Dade creó la Oficina de Defensa de la Vivienda para ayudar a los inquilinos con sus problemas con el propietario. El Condado de Miami-Dade también aprobó la "Declaración de Derechos de los Inquilinos", que establece las protecciones para los inquilinos.

Para más información puedes acudir a: Sitio web de Miami-Dade o puede llamar a la línea directa al: 786-469-4545 (Nota: Este no es un número de teléfono de la ciudad de Miami Beach).

Lea la Declaración de Derechos del Inquilino

Recursos adicionales

Los enlaces a continuación le proporcionarán información adicional sobre los socios de la Ciudad. Estos enlaces no representan el respaldo de la Ciudad de Miami Beach. La Ciudad de Miami Beach no se responsabiliza del contenido de otros sitios.

La División de Desarrollo Comunitario financia una variedad de proyectos y ha adquirido y/o rehabilitado varias propiedades en toda la ciudad, entre ellas:

  • Club de niños y niñas/Flamingo Park
  • Los apartamentos London House
  • Los apartamentos Lottie
  • Apartamentos Madeleine Village
  • Los apartamentos Neptuno
  • Los apartamentos Allen
  • Apartamentos Meridian Place
  • UNIDAD/Centro para personas mayores de North Beach

Además de los proyectos de vivienda, la División ha financiado una variedad de actividades de servicio público, entre ellas:

  • Cuidado infantil para familias trabajadoras de bajos ingresos
  • Programa de entrega de comestibles para personas mayores
  • Ayuda para el alquiler de hogares que enfrentan un desalojo

Información de la oficina

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Alba Tarre

Director del Departamento
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